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Era digital.

Moción consagra en contratos de trabajo derecho a la desconexión de jornada laboral.

La jornada de 45 horas semanales se está viendo cada vez más vulnerada por la permanente conexión de los trabajadores con sus empleadores a través de las distintas plataformas digitales.

9 de mayo de 2017

La Comisión de Trabajo y Previsión Social analizará la moción que aborda los derechos de los trabajadores en la era digital, fundamentalmente, la desconexión fuera del horario de trabajo y la libertad de opinión a través de cualquier medio de expresión.
Ello, debido a que no obstante todo lo positivo que puedan ser consideradas las incorporaciones de las nuevas tecnologías y sus aportes para un trabajo más rápido e inmediato, estas también han mostrado una contraparte que no puede ser soslayada e ignorada, esto es que las nuevas tecnologías en la mayoría de los casos han atado al trabajador aún más a su puesto de trabajo.
Por lo tanto, la iniciativa tiene por objeto asegurar que los todos los trabajadores de Chile tengan certezas de poder “desconectarse” y proteger el período de descanso una vez finalizado su horario laboral, así como también poder expresar libremente sus opiniones a través de las distintas plataformas virtuales que existen.
El proyecto, impulsado por los senadores Muñoz y Tuma, se fundamenta en que la jornada de 45 horas semanales, máximo en Chile, se está viendo cada vez más vulnerada por la permanente conexión de los trabajadores con sus empleadores a través de las distintas plataformas digitales.
En esta línea, el senador Tuma explica que incluso cuando los trabajadores están con sus familias tienen dificultades para concentrarse en la actividad personal, debido al permanente acoso de las comunicaciones de sus empleadores y jefaturas.
De acuerdo a los legisladores, esto lo confirma un estudio de ‘Workmonitor’ (elaborado por Randstad), que afirmó que el 56% de los chilenos responde de inmediato un llamado telefónico fuera de su horario de trabajo.
La iniciativa también incluye la imposibilidad de los reglamentos internos de contener disposiciones que limiten la libertad de los trabajadores a emitir opiniones a través de las Redes Sociales, y que éstas no autorizarán al empleador para invocar alguna causal de despido.
Por lo tanto, la senadora Adriana Muñoz explica que un trabajador podrá expresar por las redes sociales respecto al clima laboral de su trabajo, o sobre las condiciones de higiene, sin correr el riesgo de ser despedido por esta razón.
Finalmente, el legislador Tuma agrega que la vigilancia laboral ha desbordado las esferas de la libertad de expresión y opinión de los trabajadores, añadiendo de manera ilegítima más poder a los empleadores. No es aceptable que un trabajador sea despedido por una opinión, indica.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

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