Diferencia entre el Senado y la Cámara.
Comisión Mixta deberá resolver proyecto que elimina beneficio de las AFP en materia de cobro de intereses de cotizaciones adeudadas.
Los diputados no aceptaron que la norma no se aplique a las operaciones devengadas y no pagadas, respecto de los cuales las AFP hayan iniciado la cobranza judicial antes del 1 de abril de 2017.

Una Comisión Mixta deberá resolver la diferencia entre el Senado y la Cámara respecto a la iniciativa que elimina el beneficio de que gozan las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en materia de intereses de las cotizaciones previsionales adeudadas. Ello debido a que los diputados acordaron aprobar solo uno de los cambios realizados por los senadores en el segundo trámite.
Cabe señalar que el texto original aprobado por la Cámara determinó un artículo único por medio del cual se definió que los reajustes e intereses, incluidos los recargos en que incurren las Administradoras por el no pago oportuno de las cotizaciones, dejarán de ser de beneficio de las Administradoras y pasarán a ser abonados conjuntamente con el valor de las cotizaciones en la cuenta de capitalización individual del afiliado.
Es decir, por cada día de atraso de la deuda reajustada devengará en un interés penal equivalente a la tasa de interés corriente para operaciones reajustables en moneda nacional, aumentado en un 50%.
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