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Procesos licitatorios municipales.

Se aprueba proyecto que promueve mejoras en remuneraciones y empleo de recolectores de basura.

La normativa obligará a los municipios a considerar a lo menos en un 15% de la ponderación total, el criterio referido a las mejores condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores.

11 de mayo de 2017

Con 81 votos a favor y uno en contra, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que promueve mejoras en las remuneraciones y empleo de recolectores de basura y lo despachó al Senado.
Cabe señalar que la iniciativa fue presentada a través del informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, que aclaró que el fin específico de la ley es incorporar una norma a la Ley 19.886, sobre Contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, para establecer una regla especial que será aplicable a los procesos licitatorios municipales de servicio de recolección, transporte o disposición final de residuos sólidos domiciliarios y mantención de áreas verdes. 
El documento especifica que la normativa obligará a los municipios a considerar, en las pautas de evaluación, a lo menos en un 15% de la ponderación total, el criterio referido a las mejores condiciones de remuneraciones y empleo de los trabajadores. 
Agrega el informe que para el sólo efecto de la ponderación del criterio se considerará únicamente al personal que labore directamente en acciones operativas del servicio.
Enseguida especifica que el porcentaje antes mencionado se distribuirá en un 70% respecto del monto de las remuneraciones y en un 30% respecto a las condiciones de empleo ofrecidas que superen los mínimos legales, tales como que la oferta comprenda la contratación del mayor número de trabajadores que desempeñen dichas funciones en virtud del contrato anterior, condiciones de bienestar u otras que la municipalidad establezca en cada caso. 
Finalmente, el proyecto define que será requisito de admisibilidad de la oferta la presentación, por parte de la empresa postulante, de un programa de gestión de los riesgos presentes en el trabajo, el que deberá observar las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

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