Comuna de Paine.
CGR se pronuncia sobre validez de una declaración de santuario de la naturaleza y comunicación a titular de una concesión minera ubicada en terreno afectado.
La Contraloría no constata ilegalidades, y por tanto accede al requerimiento formulado por el reclamante.

Se solicitó a la Contraloría General de la República –por parte de la “Sociedad Legal Minera Las Brujas 1 1-30 de Paine”, que se le requiera al Ministerio del Medio Ambiente que invalide su decreto N° 4, de 2016, por el cual se declaró santuario de la naturaleza a “El Ajial”, predio ubicado en el Fundo El Peumo, Comuna de Paine.
El reclamante expone que la tramitación de esa declaración se habría incurrido en transgresiones al no emplazársele, situación que le privó del legítimo ejercicio de las acciones y derechos que le asisten, en razón de su interés directo y por su calidad de titular de una serie de concesiones mineras que se encuentran en ese lugar, ya que solo se enteró de aquello a través de su publicación en el Diario Oficial.
Al respecto, el ente contralor precisa que por el mencionado decreto se declaró santuario de la naturaleza, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley N° 17.288, al sector especificado. Agrega, que El señalado acto administrativo fue tomado razón con alcances, al estimarse, en ejercicio de dicha facultad constitucional privativa, que el mismo se encontraba ajustado a derecho, siendo publicado en el Diario Oficial el 13 de mayo de la misma anualidad.
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