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En fallo unánime.

CS rechaza amparo económico presentado contra Corfo por la negativa de seguir otorgando financiamiento a proyecto de innovación.

La sentencia establece que amparo económico no es la vía legal para recurrir ante un eventual incumplimiento de los términos del contrato entre ambas partes.

8 de junio de 2017

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó un recurso de amparo económico presentado por la Sociedad de Inversiones Pampa Lirima en contra de la Corporación de Fomento a la Producción (Corfo), por la negativa de seguir otorgando financiamiento a un proyecto de innovación en la región de Arica Parinacota llamado “Prototipo de Planta Procesadora Multipropósito de Minerales para Yacimientos Polimetálicos o de Baja Ley”.
La sentencia del máximo Tribunal sostiene que en efecto y en el contexto descrito, cabe concluir que la situación planteada a través del presente recurso versa sobre un conflicto de carácter contractual y acerca de la trascendencia que a los incumplimientos que ambas partes se reprochan de forma mutua debe ser dado, lo que necesariamente debe ser sometido a conocimiento de los jueces del fondo y resuelta en el procedimiento judicial correspondiente, en un proceso de lato conocimiento, que asegure la adecuada producción de pruebas y respete el derecho de las partes a un debido proceso legal.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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