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Sobre la protección jurídica que reciben los consumidores.

Los usuarios y consumidores, pese al esfuerzo de las administraciones públicas, no conocen adecuadamente sus derechos

16 de junio de 2017

En una columna publicada hoy, el periodista jurídico español Luis Javier Sánchez señala que expertos advierten del auge del ya llamado derecho de consumo como disciplina transversal, sin embargo los usuarios no conocen bien sus derechos. El comunicador expone variadas opiniones de especialistas en el artículo.
En esta línea, para Jesús Sánchez, presidente de la sección procesal del Colegio de Abogados de Barcelona, ICAB,  en el ámbito jurisdiccional los consumidores están bien protegidos. Argumenta que “la primacía del derecho comunitario, cuya primera sentencia del TJUE es de 15 de julio de 1964, junto con el orden público comunitario, ha supuesto una auténtica “revolución procesal” y se puede afirmar que ya forma parte del ADN jurídico de nuestros jueces, en todos los órdenes jurisdiccionales e instancias”.
Sin embargo, a su juicio, los consumidores pese al esfuerzo de las administraciones públicas, no conocen adecuadamente sus derechos. “Como mucho conocen su derecho a quejarse, que no es lo mismo que el derecho a reclamar”, indica.
Una de las causas, advierte es que existe una prolija normativa de consumo, tanto de ámbito europeo, como estatal y autonómico, que, además, varia de forma constante, sin criterios homogéneos, en determinadas ocasiones, entre las distintas administraciones públicas.
Para el abogado Sonsoles Valero hay demasiada normativa protectora, el problema puede ser la falta de mecanismos desincentivadores que eviten prácticas abusivas en ámbitos como telecomunicación, energía o sector bancario.
Desde su punto de vista el ciudadano español no conoce sus derechos como consumidor, hay un analfabetismo general en cuanto a temas jurídicos pero en cuanto a los derechos de los consumidores es preocupante.
A continuación plantea que “algo tiene que cambiar para tener una sociedad crítica que impida abusos. El reto está ahora en proteger al consumidor digital y al usuario de los nuevos modelos de economía colaborativa”.
Por su parte, para la abogada Rosana Pérez Gurrea, es importante que los consumidores estén debidamente informados de los derechos que les asisten y de las vías de reclamación que pueden utilizar en su defensa.
Para ello, afirma, cuentan con el asesoramiento de letrados especializados en materia de consumo que les pueden aconsejar lo más beneficioso para sus intereses teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso concreto, indica.
A juicio de Jesús Sánchez  los legisladores, no han contribuido de forma eficaz a adaptar la legislación procesal al principio de efectividad proclamado por la jurisprudencia del TJUE, “siendo múltiples las resoluciones judiciales dictadas por la Corte de Luxemburgo en estos últimos años, derivadas de cuestiones prejudiciales planteadas por tribunales españoles, que han puesto de manifiesto las deficiencias de nuestra ley procesal civil”.
Para el presidente de la sección de Consumo del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, ICAM, Miguel Angel Hortelano es incuestionable el papel de las sentencias del TJUE. “En ocasiones he comentado que el legislador español está regulando estos ámbitos a golpe de cuestiones prejudiciales planteadas por los jueces españoles al Tribunal de Justicia de la Unión Europea”, indica.
Enseguida Hortelano sostiene también que “lamentablemente ha sido a veces nuestro propio Tribunal Supremo el que se ha extralimitado asumiendo funciones de legislador y no precisamente en beneficio del consumidor”. Para Sánchez “la judicialización per se no es buena, debería ser el último recurso al que deba acudirse, máxime teniendo en cuenta que tanto la jurisprudencia del TJUE, como de la Sala 1ª del TS ha fijado unos criterios bastante claros en determinadas materias.
Finalmente, Pérez Gurrea concluye que hay muchos asuntos que están terminando en los Tribunales porque a través de mecanismos extrajudiciales no se está consiguiendo una protección efectiva de los derechos de los consumidores.

 

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