Primera sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas que establecen aplicación supletoria del Código del Trabajo en relación al Estatuto Docente.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de nulidad laboral, de que conoce la Corte de Apelaciones de Valdivia.

Se solicitó declarar inaplicables, por inconstitucional, el artículo 71, en la parte que indica, de la Ley N° 19.070, conocida como “Estatuto Docente”, y los artículos 1°, inciso tercero y 420, letra a), del Código del Trabajo.
Los preceptos impugnados establecen, en esencia, la supletoriedad del Código del Trabajo respecto a los profesionales de la educación que se desempeñan en el sector municipal y respecto a materias no reguladas en estatutos especiales, además de otorgar competencia a los tribunales laborales para conocer sobre conflictos laborales.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de nulidad laboral, de que conoce la Corte de Apelaciones de Valdivia.
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