En fallo dividido.
CS acoge protección y ordena a Isapre dar cobertura de hospitalización domiciliaria a afiliado.
Tercera Sala del máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario e ilegal de Isapre Vida Tres al denegar la cobertura de la prestación a afiliado.

La Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado en contra de la Isapre Vida Tres y ordenó a la aseguradora brindar cobertura de hospitalización domiciliaria a Marcelo Cibié Paolinelli.
La sentencia del máximo Tribunal sostiene que el Oficio Circular Beneficios IF/N° 14 por el cual el Intendente de Fondos y Seguros Previsionales de Salud imparte instrucciones a las Isapres sobre cobertura para la hospitalización domiciliaria, de fecha 14 de abril del año 2005, expresamente dispone que la hospitalización domiciliaria no es un beneficio extraordinario ni extracontractual, sino que una prestación equivalente a una hospitalización tradicional sujeta a la cobertura del plan de salud pactado, debiendo así entenderse y aplicarse por tales instituciones.
A continuación, el fallo agrega que para discernir en un caso concreto si la prestación es una hospitalización domiciliaria, las isapres deberán considerar que la asistencia y atenciones que se brinden al paciente correspondan a las que habría recibido de encontrarse en un centro asistencial para su manejo clínico y terapéutico, en atención a que su estado de salud así lo hace exigible y que esas condiciones estén prescritas y debidamente controladas por un médico tratante.
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