En fallo unánime.
Corte de Santiago rechaza nulidad y confirma sentencia por uso malicioso de instrumento privado.
El Tribunal de alzada descartó infracción de ley en el fallo recurrido, dictado por el Séptimo Juzgado de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.

En fallo unánime, la Corte de Santiago rechazó el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia que condenó a Jaminton Sebastián Umaña Zapata a la pena de 5 años y un día de presidio, por su responsabilidad en el delito de uso malicioso de instrumento privado en perjuicio de empresa agrícola y forestal.
La sentencia del Tribunal de alzada establece que conviene precisar la circunstancia, probada, que la firma trazada como girador de los dos cheques del Banco de Santander, por los cuales se acusó al imputado Umaña Zapata, no correspondía a la de su titular de nombre Miguel Castro Soto, y fueron cobrados el 17 de agosto de 2012 en las sucursales de La Florida y de Rodrigo de Araya, ambas del Banco anotado. Concordante, las firmas de cancelación de los documentos corresponden efectivamente al acusado Umaña Zapata.
La resolución agrega que lo anterior, sobre la base de prueba pericial concretada por el Perito Jorge Correa Fuentes, con especialidad en huellas y perteneciente a Lacrim de la Policía de Investigaciones, quien concluye que las firmas verticales de los documentos fueron materializadas por la misma mano, dando certeza de provenir del imputado Umaña Zapata. Lo concreto resulta ser que las firmas no correspondían al cuentacorrentista titular, precisando que el acusado no niega su presencia al momento del cobro de los documentos cheques.
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