Privación ilegal.
CS acogió habeas corpus en favor de interno excluido de proceso de postulación a libertad condicional.
Gendarmería deberá poner a disposición de la Comisión de Libertad Condicional todos los antecedentes y documentos respaldatorios concernientes a su postulación.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de apelación presentado en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que, a su vez, había rechazado la acción de amparo deducida en favor de un interno del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II en contra de Gendarmería de Chile.
En su sentencia, el máximo Tribunal expuso que Gendarmería de Chile excluyó al amparado del proceso de postulación a la libertad condicional correspondiente al primer semestre del año en curso, aduciendo que la calificación final de su conducta se vio alterada por la falta de actividad laboral y educacional, reproches que, de ser efectivos, constituyen una causal de rechazo diversa a la de falta de comportamiento sobresaliente, condiciones en las que al menos pudo ser postulado en Lista 2, a fin de que la Comisión de Libertad Condicional evaluara la procedencia del derecho perseguido. Además, la calificación de su conducta fue modificada después de la fecha de postulación a la libertad condicional, manteniendo en la actualidad comportamiento “Muy Bueno” a partir del bimestre Julio-Agosto de 2016. Así, concluyó que la falta de postulación del amparado le ha privado ilegalmente de su derecho a recuperar, condicionalmente, su libertad ambulatoria.
De esa forma, se concluye en síntesis por la Corte Suprema revocando la sentencia apelada, acogiendo en su lugar el recurso interpuesto en favor del amparado, a fin de que Gendarmería de Chile ponga a disposición de la Comisión de Libertad Condicional todos los antecedentes y documentos respaldatorios concernientes a su postulación, para que la indicada Comisión sesione a la brevedad en forma extraordinaria y evalúe el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley para la obtención del derecho pretendido.
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