Diario Constitucional

En fallo dividido.

Derecho al olvido: CS rechaza protección en contra de Google y portales de noticias.

El máximo Tribunal rechazó la acción cautelar, tras establecer que no existe actuar arbitrario de las recurridas al difundir información que es de interés público.

Por Redacción·14 de agosto de 2017·1 min de lectura
Derecho al olvido: CS rechaza protección en contra de Google y portales de noticias.
Referencial

La Corte Suprema rechazó recurso de protección presentado por condenado en contra de buscador de internet y plataformas digitales de medios de comunicación que mantiene información sobre delitos cometidos por el recurrente.

La sentencia del máximo Tribunal sostiene que en este caso, en que uno de los delitos cometidos por el recurrente, es el de abuso sexual, por tratarse de un ilícito que resulta "de interés colectivo o general conocer o difundir" y respecto del cual, es relevante el "resguardo de derechos de terceros", es claro que existe un interés público en que la información sea conocida, razón por la cual, la libertad de información prevalece sobre el derecho a la honra y a la privacidad que invoca el recurrente (Op. Cit.). Así lo ha decidido esta Corte, en que tratándose de información sobre delitos, en los cuales el interés público lo ha asimilado a la relevancia pública, prevalece la libertad de información sobre los derechos antes indicados (Corte Suprema, Roles Ns. 37.505-2015 y 803-2016).

La resolución de la Corte Suprema agrega que por lo antes razonado, no se han configurado los actos ilegales y arbitrarios que se atribuyen por el recurrente a las recurridas de autos, por lo que el recurso de apelación no podrá prosperar.

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