En fallo unánime.
Corte de La Serena acoge amparo y ordena a Gendarmería procedimiento de visita de menores a internos.
El Tribunal de alzada dio lugar a la acción constitucional, tras establecer que los procedimientos cuestionados conllevaron un trato degradante para los menores recurrentes.

En fallo unánime, la Corte de La Serena acogió el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos –INDH–, en contra de Gendarmería, por el trato denigrante que recibieron seis menores de edad, quienes fueron obligados a desnudarse al ingresar como visita a los recintos penitenciarios de la ciudad y Ovalle.
La sentencia del Tribunal de alzad sostiene que el ser sometido a semejantes tratamientos, consistentes en ser obligado a desnudarse, a exhibir su cuerpo a personas extrañas, en un ambiente también extraño, ajeno a la realidad cotidiana, evidentemente constituye un trato degradante para un niño, niña o adolescente de pocos años de vida, que afecta su autoestima, y que atenta directamente contra su dignidad como persona.
La resolución agrega que debe ponerse remedio por esta judicatura llamada a restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección a los menores afectados, lo que lleva a acoger la acción constitucional de protección en el sentido que se dirá.




