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En fallo unánime.

Corte de San Miguel condena a ex agentes de la CNI por el homicidio de Iván Quinteros.

El Tribunal de alzada ratificó la sentencia que condenó al ex empleado civil de la Armada Mario Galarce Gil y al funcionario de Ejército en retiro Francisco Orellana Seguel, a penas de 15 años de presidio, en calidad de autores del delito.

29 de septiembre de 2017

En fallo unánime, la Corte de San Miguel condenó a dos ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), por su responsabilidad en el delito de homicidio de Iván Quinteros Martínez, ilícito perpetrado en diciembre de 1981, en la Región Metropolitana.
En la etapa de investigación, la Ministra en visita Marianela Cifuentes logró establecer los siguientes hechos:
1.- Que, en la época de los hechos, Iván Alfredo Quinteros Martínez era militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, M.I.R.
2.- Que, en ese período, Mario Francisco Galarce Gil, empleado civil de la Armada de Chile y Francisco Javier Orellana Seguel, funcionario del Ejército de Chile se encontraban en comisión de servicios en la Central Nacional de Informaciones, C.N.I., integrando una agrupación dedicada a la represión de los miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria.
3.- Que el día 17 de diciembre de 1981, a las 10:15 horas, en circunstancias que Iván Alfredo Quinteros Martínez transitaba en una bicicleta por avenida Lo Ovalle en dirección al oriente, seguido por Mario Francisco Galarce Gil y Francisco Javier Orellana Seguel, agentes de la Central Nacional de Informaciones, cada uno premunido de un revólver calibre .38, éstos dispararon en su contra.
4.- Que, en definitiva, Quinteros Martínez recibió el impacto de cinco proyectiles balísticos calibre .38, que ingresaron por la región cervical derecha, mejilla derecha, tercio inferior del tórax posterior izquierdo, cara externa de la rodilla derecha y cara externa del muslo derecho, quedando tendido en la calzada, frente al inmueble signado con el N° 437 de la avenida Lo Ovalle.
5.- Que las lesiones cráneo encefálica, facial cérvico torácica y torácica causaron la muerte de la víctima.
En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $360.000.000 a familiares de la víctima.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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