Diario Constitucional

De conformidad con el estatuto de prohibiciones, competencia y procedimiento.

TC se pronuncia respecto a que parlamentarios sí pueden pedir créditos a BancoEstado para financiar campañas.

El Tribunal Constitucional explicó que este préstamo no está considerado dentro de los contratos que prohíbe la ley, por lo que no corresponde ni procede jurídicamente dar por establecida inhabilidad alguna.

Por Redacción·29 de septiembre de 2017·2 min de lectura
TC se pronuncia respecto a que parlamentarios sí pueden pedir créditos a BancoEstado para financiar campañas.
Referencial

El Tribunal Constitucional afirmó que los parlamentarios candidatos sí pueden celebrar contratos con BancoEstado para poder solicitar créditos.

El presidente del TC, Iván Aróstica afirmó que es facultad exclusiva de este organismo declarar la inhabilidad de un parlamentario para celebrar o caucionar contratos con el Estado, de conformidad con el estatuto de prohibiciones, competencia y procedimiento establecido en los artículos 60 y 93, numeral 14º e inciso decimoctavo, de la Constitución.

Por ello, explicó “que no habiéndose aperturado un proceso por alegaciones de inhabilidad respecto de algún parlamentario en concreto, y, por ende, no existiendo sentencia que la declare, no corresponde ni procede jurídicamente dar por establecida inhabilidad alguna respecto de dichos créditos".

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