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Luego de rechazar demanda contra resultado de comicios de 2013.

TC Federal alemán ratificó el umbral del 5 % en todo el territorio federal como condición para obtener escaños en el Bundestag.

La cláusula del 5 % existe en Alemania desde 1949, aunque inicialmente bastaba con que un partido superase el umbral en uno de los estados federados.

10 de octubre de 2017

El Tribunal Constitucional alemán ratificó la validez de la norma que establece un umbral mínimo del 5 % de los votos en las elecciones generales para obtener escaños en el Bundestag (cámara baja).
Lo anterior luego de rechazar una demanda contra el resultado de los comicios de 2013 presentada por un particular que consideraba que la cláusula era inconstitucional.
Antes de solicitar el pronunciamiento del TC, el  requirente había pedido al Parlamento la creación de un "derecho de voto eventual" por medio del cual un elector podría determinar qué partido debía recibir su voto en caso de que el partido escogido por él, como primera opción, no alcanzará el 5 % exigido.
A ello el TC respondió argumentando que, aunque en 2013 los votos que al final no habían sido considerados para el reparto de los escaños habían sido más que los habituales, esto no podía ser considerado atípico ni algo que no pudiera considerarse dentro de lo posible.
En lo que atañe al argumento de que se exige el 3 % de los votos para obtener escaños en el Parlamento Europeo (PE), argumentó no se puede extrapolar dicha la cláusula con la del 5 % para obtener escaños en el Bundestag porque la diferencia esencial entre los dos parlamentos es que el PE no tiene que elegir un Gobierno y por lo tanto no hay razón para crear reglas que faciliten la formación de mayorías.
La cláusula del 5 % existe en Alemania desde 1949, aunque inicialmente bastaba con que un partido superase el umbral en uno de los estados federados, pero a partir de 1953 se determinó que un partido, para obtener escaños y formar un grupo parlamentario, necesita un mínimo del 5 % por ciento en todo el territorio federal.

 

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