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En fallo unánime.

CS acoge protección y ordena a Carabineros no impedir el acceso a periodista a conferencias y puntos de prensa.

El máximo Tribunal revocó la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó el recurso de protección presentado por el periodista del diario El Ciudadano.

18 de octubre de 2017

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó a Carabineros dar las facilidades y no impedir el acceso a actividades de prensa a periodista.
Cabe señalar que el profesional recurrió de protección después que la recurrida le impidió, el 28 de abril pasado, el acceso a punto de prensa, de convocatoria abierta, programado para el 28 de abril pasado, en la Escuela de Carabineros.
La sentencia, tras analizar la legislación nacional e internacional en materia de derecho a la información, establece que:"a la luz de los razonamientos consignados, no cabe sino concluir que la acción de impedir que un periodista participe de un punto de prensa constituye una amenaza a la libertad de emitir opinión y la informar, sin censura previa, garantizada en el numeral 12 del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental, atendido lo cual, esta Corte como medida cautelar dispondrá lo que consigna en lo resolutivo de esta sentencia".

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema y de la Ilustrísima Corte de  Santiago

 

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