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En tercer trámite constitucional.

Comisión Mixta analizará proyecto que evita uso fraudulento de las normas sobre posesión del pequeño bien raíz.

La Sala del Senado acogió la recomendación de la Comisión de Vivienda que rechazó las enmiendas propuestas por la Cámara Baja.

19 de octubre de 2017

Los integrantes de la Comisión de Vivienda serán los representantes del Senado en la Comisión Mixta que deberá resolver las discrepancias surgidas en torno a las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados al proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica el artículo 9° del decreto ley N° 2.695, para aumentar el plazo de prescripción de la acción penal en los casos que la calidad de poseedor regular se obtuviere mediante fraude.
Ello, sostienen los legisladores, luego que la Sala acordara por unanimidad, aprobar la propuesta de la Comisión especializada en orden a tratar en una instancia mixta compuesta por senadores y diputados los principales aspectos en discusión.
Cabe recordar, según los congresistas, que el proyecto de ley, tuvo su origen en una moción de los senadores Lily Pérez, Ossandón y Tuma, y tiene por objeto establecer los resguardos necesarios para evitar que, quienes tienen legítimos derechos respecto de un inmueble, los pierdan como consecuencia de la aplicación del procedimiento sobre saneamiento de la pequeña propiedad raíz, cuando el requisito de poseedor regular de la propiedad se ha obtenido en forma fraudulenta.
Los senadores Montes y Moreira, coincidieron en la necesidad de aclarar en una instancia mixta las dudas sobre las enmiendas introducidas por la Cámara Baja y que se alejarían de la idea matriz y lo acordado con las ministras de Vivienda, Paulina Saball y de Bienes Nacionales, Nivia Palma, en el primer trámite.

Se dieron a conocer algunas de las principales discrepancias entre ambas Cámaras que tienen que ver con los siguientes aspectos:

–       La más compleja que incluso podría generar un grave impedimento para la aplicación del decreto ley 2695, es la que dispone que los loteos irregulares hayan sido acogidos a la ley N° 20.234, que establece un procedimiento de saneamiento y regularización de loteos.

–       La Cámara revisora incorporó una norma que añade la exigencia de acompañar un certificado de informaciones previas a la solicitud de regularización, cuando se trate de predios ubicados en áreas urbanas. A juicio de Senado y las ministras sectoriales dicho antecedente no se justificaría, pues se relaciona con aspectos de la construcción y lo que se intenta normalizar, por medio del decreto ley N° 2.695, es la propiedad. Además, este nuevo requisito significaría un mayor desembolso para las familias y alargar el procedimiento en al menos un mes.

–       Otro tema en discrepancia son los plazos para que los poseedores de inmuebles inscritos no puedan gravarlos. La Cámara propuso 1 y el Senado lo aumentó a 5 años.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis

 

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