Diario Constitucional

En forma unánime.

Cámara de Diputados aprobó proyecto de ley que garantiza velocidad mínima de Internet remitiendo al Ejecutivo para sus trámites de promulgación.

De acuerdo a los legisladores, el texto legal obliga a los proveedores de acceso a Internet a garantizar un porcentaje de las velocidades promedios de acceso en horarios de mayor y menor congestión.

Por Redacción·20 de octubre de 2017·2 min de lectura
Cámara de Diputados aprobó proyecto de ley que garantiza velocidad mínima de Internet remitiendo al Ejecutivo para sus trámites de promulgación.
Referencial

En forma unánime, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que modifica la Ley General de Telecomunicaciones para establecer la obligación de una velocidad mínima garantizada de acceso a Internet, luego de ratificar los cambios establecidos por la Comisión Mixta.

Cabe señalar que el texto legal, que será remitido al Ejecutivo para sus trámites de promulgación, obliga a los proveedores de acceso a internet a garantizar, dejando la información establecida en los contratos, un porcentaje de las velocidades promedio de acceso, para los distintos horarios de mayor y menor congestión, ofrecidas en sus planes comerciales, en las conexiones nacionales e internacionales, alámbricas e inalámbricas. Además, deberán poner a disposición de los usuarios un sistema o aplicación que permita la medición de dichas velocidades y parámetros técnicos asociados.

La propuesta, sostienen los legisladores, dispone que los resultados de las mediciones tendrán el valor de presunción simplemente legal en los procedimientos de reclamo. El usuario deberá entregar al proveedor el resultado de las mediciones y solicitar la reparación o restitución del servicio, así como una compensación por el tiempo en que la conexión no se hubiese encontrado disponible o funcionando de forma defectuosa.

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