Por unanimidad.
TC rechazó requerimiento que impugnaba norma del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección que establece plazo para su interposición.
La gestión pendiente invocada incidió en un recurso de protección, declarado inadmisible por la Corte de Apelaciones de Santiago, y confirmado por la Corte Suprema.

El TC rechazó un requerimiento que impugnaba el numeral 1° del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales de la Corte Suprema, en la parte que establece el plazo fatal de 30 días para su interposición.
La gestión pendiente invocada incidió en un recurso de protección, declarado inadmisible por la Corte de Apelaciones de Santiago, y confirmado por la Corte Suprema, que el requirente dedujo por mantenerse en internet publicaciones referentes a un caso penal en el que fue condenado por varios delitos. (Véase relacionado)
En su sentencia, la Magistratura Constitucional expone en síntesis que para declarar la inaplicabilidad de un auto acordado es necesario que la parte requirente sea afectada en el ejercicio de sus derechos fundamentales por lo dispuesto en el respectivo auto acordado. Así, en este caso ello no se cumple, pues de la sola existencia del plazo para la interposición del recurso de protección no es posible derivar una perturbación, privación o amenaza a los derechos invocados por el recurrente.
Te puede interesar

Primera sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas sobre despido sin indemnización y prueba indiciaria que incidirían en tutela laboral de derechos fundamentales.

Segunda sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que restringe recurso de apelación y que incidiría en proceso por desafuero parlamentario en Caso Penta.

Informe de “Observatorio Judicial”.
Publican “Las coaliciones frente al Tribunal Constitucional. ¿Quién ha presentado más requerimientos por inconstitucionalidad?”

