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CIDH destaca histórica decisión de la Corte IDH sobre justiciabilidad en materia de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA).

Según el fallo de la Corte, el Estado peruano violó el derecho al trabajo en relación a las garantías a la estabilidad laboral y la libertad de asociación con fines laborales del señor Lagos del Campo por no protegerlo ante el despido arbitrario.

16 de noviembre de 2017

La Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA), de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), destaca la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Lagos del Campo v. Perú, de 31 de agosto de 2017, notificada el 13 de noviembre del mismo año, mediante la cual declaró por primera vez la violación del artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
A juicio de la Comisión, esta decisión representa un hito histórico en la jurisprudencia interamericana y un paso hacia adelante en la región en la interdependencia e indivisibilidad de los derechos civiles y políticos y los DESCA.
Según el fallo de la Corte, el Estado peruano violó el derecho al trabajo en relación a las garantías a la estabilidad laboral y la libertad de asociación con fines laborales del señor Lagos del Campo por no protegerlo ante el despido arbitrario del que fue víctima en 1989 como consecuencia de declaraciones dadas, en su calidad de representante de trabajadores, a un medio de prensa respecto de su empleador, una empresa privada.
En relación con los derechos protegidos por el artículo 26 de la Convención Americana, la Corte IDH manifestó que son aquellos derivados de las normas en materia económica, social, y de educación, ciencia y cultura de la Carta de la OEA; definidos a su vez por los derechos consagrados en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de 1948.
De acuerdo a la CIDH, la posibilidad de exigir jurídicamente y de manera vinculante el respeto y garantía de los DESCA a través de los órganos del Sistema Interamericano permitirá desarrollar y definir progresivamente el contenido de cada uno de estos derechos y las obligaciones de los Estados Partes en relación con ellos, facilitando la formulación de políticas públicas adecuadas y estableciendo estándares y lineamientos regionales para su efectivo disfrute y realización, en especial respecto de las poblaciones en mayor situación de vulnerabilidad. 

 

Vea texto íntegro del comunicado

 

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