Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Santiago acoge protección y ordena a Clínica dar cobertura a tratamiento de cáncer.

El Tribunal de alzada estableció el actuar ilegal de las recurridas al denegar la cobertura estipulada en el contrato de seguro médico.

Por Redacción·29 de noviembre de 2017·3 min de lectura
Corte de Santiago acoge protección y ordena a Clínica dar cobertura a tratamiento de cáncer.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección deducido en contra de la Clínica Alemana de Santiago S.A., Servicios Clínica Alemana Limitada y Diagnósticos Clínica Alemana Limitada, por negarse a brindar cobertura de seguro médico para tratamiento de cáncer.

La sentencia sostiene que la negativa de la Clínica a prestar la cobertura acordada en el contrato en razón de haberse configurado un motivo de exclusión se encontrará justificada únicamente en el evento de que el carcinoide apendicular que motivó esa negativa haya sido una enfermedad diagnosticada a la ahora recurrente con anterioridad a la celebración de la convención, esto es, informada por un médico basado en la historia clínica de la afiliada, con sus respectivos exámenes histopatológicos o citológicos, según corresponda.

La resolución agrega que en tal escenario, las justificaciones de la negativa de la recurrida en la revisión de los antecedentes médicos que constan en diversas fichas clínicas de la paciente no tienen sustento, puesto que estos documentos únicamente contienen afirmaciones sin respaldo alguno y, se insiste, no permiten formar convicción en orden a la existencia de un diagnóstico, en los términos pactados por las partes, para que el supuesto carcinoide apendicular pueda ser considerada como preexistencia.

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