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Por cinco meses prorrogables.

TC español suspendió aplicación de la ley de los toros a la balear.

Fue recurrida por el Gobierno español en defensa de sus competencias y del patrimonio cultural.

20 de diciembre de 2017

En agosto de 2017 se aprobó por el parlamento autonómico de las Islas Baleares la ley 9/2017, conocida como la ley de los toros a la balear. Sus detractores señalan que es lamentable la nueva legislación porque la norma es un ejemplo perfecto del intento de imponer una ideología cultural particular a una comunidad entera, contra lo que dicen la Constitución, las leyes y los tribunales. Y Baleares, afortunadamente, es mucho más y mucho mejor que todo eso.
En efecto, a ciertos sectores políticos los toros no les gustan y quisieron prohibirlos tras las elecciones autonómicas de 2015. Pero, como ocurre tantas veces, se toparon con la realidad en forma de Estado de Derecho. La tauromaquia fue declarada Bien de Interés Cultural por una ley nacional de 2013 y el Tribunal Constitucional proclamó en 2016 que la tauromaquia es una manifestación cultural recogida y protegida por la misma Constitución, y el Tribunal Supremo en este mismo 2017 recordó que forma parte de la cultura española. En definitiva, que no se pueden prohibir.
Bajo el pretexto de una regulación, lo que en verdad se quiere es prohibir el espectáculo taurino, se afirma, pues tal es el efecto que se deriva de establecer requisitos que desnaturalizan las corridas al punto que las privan de su esencia. Tal es así, porque la regulación aprobada introduce a las corridas controles antidoping a toros y toreros, eliminación de la suerte de matar, de las corridas de rejones, de las banderillas, seguros con costos astronómicos, un máximo de tres toros por corrida, un máximo de 10 minutos por faena, multas, que los toros estén en los chiqueros previamente a su lidia, que no acudan menores de edad, se prohíben las novilladas, se regula el peso de los toros, entre otras restricciones.
Frente esta regulación prohibitiva, el Gobierno español acordó recurrir la normativa al Tribunal Constitucional porque invade competencias estatales y en razón de que tiene la obligación de defender, conservar y promover el patrimonio cultural español, dentro del cual está la tauromaquia.
Cabe recordar que la tauromaquia es el segundo espectáculo en directo en España y mueve miles de millones de euros anuales.
El Tribunal Constitucional admitió a trámite el recurso del Gobierno por lo que la ley balear quedó suspendida durante un máximo de cinco meses, prorrogables por decisión del propio tribunal.

 

Vea recurso de inconstitucionalidad TC

Vea nota informativa TC

 

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*TC español será convocado nuevamente a pronunciarse sobre ley que prohíbe expresamente maltratar y matar a los toros...

 

 

 

 

 

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