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Le dio la razón a taxistas españoles.

Corte de la UE determina que Uber es un servicio de transporte y no tecnológico.

En Chile, hace más de un año que se tramita ley para fijar una regulación.Se ha aprobado en general en la Comisión de Transportes y se sigue discutiendo.

21 de diciembre de 2017

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció que este tipo de compañías son un servicio de transportes y no un servicio tecnológico.
Cabe recordar que tres años atrás la  asociación Elite Taxi Barcelona de España acusó a Uber de competencia desleal y demandaron en un tribunal de esta ciudad para que estos conductores tuvieran las mismas autorizaciones y permisos que ellos. Pero el tribunal de Barcelona derivó al máximo Tribunal de la Unión Europea, cuya resolución es inapelable.
Así, esta decisión les permitirá a los taxistas demandar a esta aplicación en España para que cierre sus operaciones o funcione bajo las condiciones que se le exigen a cualquier taxista.
Elite Taxi Barcelona sostiene que sus vehículos deben pagar licencias, seguros que van entre los dos mil y tres mil euros anuales y deben capacitarse al menos un año y postular a una de las cuatro convocatorias anuales, requisitos que también debería cumplir un servicio como Uber. Señalan que eso te da calidad, una garantía de seguridad, hay regulación de tarifas. No puede ser que los choferes de Uber apaguen el teléfono en un momento determinado para que suban las tarifas.
Por su parte, el tribunal explicó que los servicios prestados por compañías como Uber están “vinculados intrínsecamente a un servicio de transporte”, lo que contradice sus “términos y condiciones”, donde esta firma señala a los usuarios que “no presta servicios de transportes”.
A juicio de Uber este dictamen no generará cambios en la mayoría de los países de Europa donde esta aplicación ya opera conforme a la ley de transporte. Uber distribuyó un comunicado, en todos los países donde funciona la aplicación, donde también señaló que están a favor de que se regulen este tipo de servicios, por lo que continuarán con el diálogo con las distintas ciudades europeas.
Con respecto a nuestro país, cabe señalar que desde octubre del año pasado se encuentra en el Congreso en primer trámite constitucional el proyecto de ley que moderniza la legislación sobre transporte remunerado de pasajeros. 
El objetivo del proyecto de ley es hacer exigibles los estándares como licencia de conducir profesional, exigencias de condiciones de seguridad de los vehículos e impedir que conduzcan personas que tengan antecedentes penales por delitos de connotación social, entre otros, para que los usuarios tengan la opción de contar con alternativas y para que la autoridad pueda contar con toda la información para velar por la correcta prestación de estos servicios.
En lo que se refiere a este fallo, el presidente de la Confederación Nacional de Taxistas de Chile (Confenatach), Luis Reyes, señaló esta sentencia les da la razón, ya que en el país el gremio siempre argumentó que Uber es una empresa de transporte, aunque, a su juicio, en el proyecto de ley chileno se les trata como una empresa tecnológica.
Según el presidente de la Comisión de Transportes de la Cámara Baja, diputado Venegas (DC), la iniciativa está en la misma dirección que el dictamen europeo. “Se considera como una modalidad de transporte público que usa una plataforma tecnológica en la que cualquier usuario puede hacer uso de ella”. 
Según Venegas, existe un problema de falta de acuerdo entre los miembros de la Comisión y es por eso que se han demorado tanto en esta iniciativa.
Respecto de la medida del Tribunal, el diputado dijo que se debe analizar este planteamiento, pero que no sabe cuánto podría influenciar la discusión.
Sobre este mismo fallo del Tribunal europeo, la Ministra de Transportes, Paola Tapia, dijo que “sabemos lo importante que es regular los servicios que operan con plataformas y mejorar la calidad de servicio que ofrecen los taxis, para que los usuarios cuenten con distintas alternativas y un mejor servicio de transporte”.
Luego, la Ministra Tapia adelantó que se ha trabajado con los parlamentarios para presentar una indicación al artículo 4. Este se refiere específicamente a las plataformas que no operan con taxis (como Uber) y define las exigencias y funcionalidades con las que debe cumplir. El objetivo de esta indicación, dice, es “establecer un mecanismo de carácter técnico y transparente que logre compatibilizar las distintas alternativas de transporte, controlando la congestión y resguardando la calidad de vida de las personas y la movilidad en las ciudades”.

 

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