Diario Constitucional

Al presidente de la Cámara de Diputados.

CS remite informe sobre proyecto de ley que sanciona hacinamiento en habitaciones arrendadas o subarrendadas por medio de un contrato.

El máximo Tribunal constató que la iniciativa legal contiene defectos relevantes en la determinación de sanciones para el arrendatario, el arrendador o ambos.

Por Redacción·28 de diciembre de 2017·1 min de lectura
CS remite informe sobre proyecto de ley que sanciona hacinamiento en habitaciones arrendadas o subarrendadas por medio de un contrato.
Referencial

La Corte Suprema analizó el contenido del proyecto de ley que sanciona el hacinamiento en habitaciones arrendadas o subarrendadas por medio de un contrato, informe que fue remitido al presidente de la Cámara de Diputados, Fidel Espinoza.

El máximo Tribunal constató que la iniciativa legal contiene defectos relevantes en la determinación de sanciones para el arrendatario, el arrendador o ambos.

Sostiene que "el hacinamiento es un fenómeno social que afecta a personas en situación de pobreza, las que por encontrarse en un contexto de precariedad y carencia de capital económico, y muchas veces también de capital social, se ven forzadas a residir en condiciones inadecuadas, causándoles un daño psicosocial significativo".

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