En fallo unánime.
CS ordena a Hospital de Talca pagar indemnización por falta de servicio en procedimiento posoperatorio.
El máximo Tribunal ratificó la sentencia impugnada, que condenó por falta de servicio al Hospital de Talca al no retirar a tiempo rollo de gasa a paciente operada.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó el fallo que condenó al Hospital Regional de Talca a pagar una indemnización de $10.000.000 por mal tratamiento posoperatorio.
La sentencia sostiene que resulta evidente que los sentenciadores no han incurrido en los errores de derecho que se les imputan y que, por el contrario, se han limitado a aplicar la normativa que rige la situación de hecho materia de autos, puesto que, tal como quedó asentado, el Hospital de Talca incurrió en falta del servicio, en razón de no haber concluido los procedimientos post operatorios mediante la indicación de tiempo y retiro de los rollos de gaza que fueron colocados luego de la intervención quirúrgica, derivándose de ello las molestias descritas por los sentenciadores de la instancia.
La resolución agrega que la falta estriba en no haber ejecutado el retiro de la gaza al día siguiente de la intervención como lo detalló el fallo de primera instancia en la descripción de las testimoniales presentadas por la demandante que asentaron una diferencia de seis días, entre el 12 y el 18 de febrero de 2013, suficiente para originar molestias señaladas por la demandante.
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