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En segundo trámite constitucional.

Senado despacha iniciativa que modifica el Código Sanitario con el fin de regular los medicamentos bioequivalentes genéricos.

El proyecto de ley deberá ser revisado por la Cámara de Diputados.

3 de enero de 2018

El Senado despacha iniciativa que modifica el Código Sanitario con el fin de regular los medicamentos bioequivalentes genéricos y evitar la integración vertical de laboratorios y farmacias.
El objetivo de la iniciativa, impulsada por los parlamentarios Girardi, Goic, Ossandón, Rossi y Zaldívar, busca fomentar la disposición, disponibilidad e incorporación de medicamentos genéricos en el mercado, los cuales cumplen los mismos criterios terapéuticos, pero a un precio considerablemente más bajo que los medicamentos de marca propia.
En su oportunidad, el senador Girardi afirmó que es necesaria la regulación debido a que en Chile “hay hasta un 3000% de diferencia (en precios) entre un medicamento que es bioequivalente respecto a otro, esto es una situación escándalos”.
Por su parte, la parlamentaria Van Rysselberghe, argumentó que “ese proyecto de ley generaría la posibilidad de que las personas pudiesen acceder a remedios a bajos costos, teniendo la posibilidad de elegir entre los distintos medicamentos que existen hoy”.
El senador Felipe Harboe destacó que en la caja de los medicamentos ahora “deba detallar de manera destacada en primer lugar el componente y, en un espacio más reducido, la marca propia y después el gramaje”.
Y el legislador Prokurica afirmó que “lo que tenemos que hacer en la práctica es adoptar medidas que no continúen castigando a las familias más pobres o las personas de más edad que en la práctica se gastan parte de su sueldo en estos remedios”.

Facultades del ISP

Cabe recordar que la primera discusión fue respecto de las facultades del ISP y la propuesta de la Comisión de Salud para eliminar el inciso 3° del artículo 96 del Código Sanitario que establece que “contra las actuaciones y resoluciones que adopte el Director del Instituto en el ejercicio de sus funciones en relación con las materias que se refiere a este Código, con excepción de las sentencias recaídas en los sumarios sanitarios de su competencia, podrá interponerse recurso de reclamación ante el Ministro de Salud, dentro del plazo de cinco días contado desde la fecha de notificación de la respectiva resolución".
La modificación fue aprobada por 19 votos a favor, 6 en contra, 5 pareos y ninguna abstención.
El senador Chahuán criticó que la modificación propuesta por la Comisión de Salud puesto que “el principio de reclamación debe sostenerse para los efectos de asegurar un debido proceso en lo relativo a esta materia”. En la misma línea argumentó el senador Juan Antonio Coloma, quien afirmó que “dejar sin recurso administrativo, en cualquier institución es un error, porque afecta el debido proceso”.
En cambio, el legislador Navarro apoyó la medida, sin embargo explicó que “esperaría un fortalecimiento institucional de recursos públicos para que el ISP funcione, el mecanismo de las reclamaciones tiene el resultado que todos sabemos, al final se judicializa el tema y las multas no son pagadas”.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis

 

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