Se deberán adoptar medidas.
CGR determina que no resulta procedente renovación de patentes de alcoholes otorgadas en inmuebles emplazados en zona no edificable.
El dictamen instruye a la corporación edilicia que tendrá que adoptar las medidas que en derecho correspondan.

Se solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República –por parte de la municipalidad de Cerro Navia- acerca de la procedencia de renovar las patentes de alcoholes otorgadas en los inmuebles que individualiza, en consideración a que los locales donde se desarrolla la respectiva actividad económica, no contarían con recepción definitiva por parte de la dirección de obras municipales.
Agrega, que con el fin de dar cumplimiento a la normativa vigente, entre ella, el respectivo plan regulador, solicitó la regularización de tales construcciones, lo que no resultó posible, dado que las mismas están ubicadas en una franja de servidumbre constituida en favor de Chilectra S.A., como consecuencia de la existencia de torres de alta tensión en el sector.
Al respecto, el ente contralor advierte que, de los antecedentes tenidos en vista y la normativa aplicable para el caso en consulta, todos los terrenos del caso se encuentran parcial o totalmente en la faja de protección concerniente a la línea de alta tensión emplazada en la calle Las Torres, de la nombrada comuna, en concordancia con lo indicado en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS); que los inmuebles ubicados en las vías Las Torres N° 1.218, Cauquenes 6.908 y Las Torres N° 1.394, obtuvieron permiso de edificación y recepción definitiva en los años 1995, 1986 y 1990, respectivamente, y que los establecimientos de las calles Mestizo Alejo N° 6.929 y Las Torres N° 1.382, no contarían con recepción municipal.
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