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Resolución Exenta se ajustó a derecho.

CGR desestimó reclamo de ex funcionaria del Servicio Nacional de Aduanas por no renovación de su contrata.

La CGR hace presente que la recurrente conoció con una antelación razonable el cambio de conducta de la Administración, es decir, la no renovación de su contrata.

21 de enero de 2018

Se solicitó a la Contraloría General de la República –por parte del Servicio Nacional de Aduanas (SNA)- la reconsideración del oficio N° 7.171, de 2017, por el cual la Contraloría Regional de Valparaíso resolvió que la no renovación de su contrata se ajustó a derecho y, además, estimó que su reclamo respecto al fundamento de una anotación de demérito no podía ser conocido por esa sede regional, pues dicha medida le fue impuesta en un periodo en que aquella no fue calificada por motivos de salud.

Sobre el particular, la ex funcionaria sostiene que la referida contraloría regional no ponderó todos los antecedentes al momento de resolver, como acontece con los correos electrónicos que envió al servicio en marzo y abril de 2015, informando su nuevo domicilio. Por ello, afirma, que la Resolución Exenta del SNA, que dispuso la no renovación de su contrata para el año 2017, es contraria a derecho, pues fue remitida a su antiguo domicilio, cuestionando nuevamente los motivos que fundaron esa decisión.

Al respecto, el ente contralor recuerda que a través de su oficio N° 7.171, de 2017, la Contraloría Regional de Valparaíso estimó que la no renovación de la contrata de la interesada se ajustó a derecho, ya que el SNA envió la aludida resolución exenta a uno de los dos domicilios que aquella había informado al servicio.

Asimismo, indica que de los antecedentes tenis en vista consta que la peticionaria tomó conocimiento de la carta que el Director del SNA suscribió con fecha 28 de noviembre de 2016, por la cual le comunicó la apuntada decisión.

Enseguida, la Contraloría General recuerda que ha informado, entre otros, en sus dictámenes, Nos. 22.766, de 2016 y 19.832, de 2017, que el deber de actuación coherente que deriva del principio de confianza legítima exige que la Administración del Estado comunique la modificación de un criterio que venía adoptando con anterioridad, como ocurre con la renovación de las contratas, por medio de un acto de carácter positivo y motivado.

De esa manera, el dictamen entiende que la citada carta de 28 de noviembre de 2016, reúne las condiciones previamente expuestas, pues constituye un acto de carácter positivo y motivado a través del cual la peticionaria tomó conocimiento, con una antelación razonable, que la autoridad había dispuesto prescindir de sus servicios para el año 2017, motivo por el cual advierte que la no renovación de la contrata de la interesada se ajustó a derecho, por lo que se confirma el oficio N° 7.171, de 2017, de la Contraloría Regional de Valparaíso.

Por último, el órgano contralor hace presente que la recurrente conoció con una antelación razonable el cambio de conducta de la Administración -es decir, la no renovación de su contrata-, y los fundamentos que avalaron esa decisión, respecto de los cuales pudo ejercer su derecho a reclamo, no existen reproches que formular al SNA.

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 43.461 de 2017.

 

 

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