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En Bangkok, Tailandia.

UAF expone en Foro ASEAN sobre regulación y supervisión de las Actividades y Profesiones no Financieras Designadas (APNFD).

«Ser invitados a exponer ante representantes de la ASEAN no solo constituye una gran oportunidad para mostrar el modelo chileno antilavado, sino además es un reconocimiento a la labor realizada por la UAF en los últimos 7 años», dijo el director Javier Cruz Tamburrino.

5 de febrero de 2018

Entre el 24 y 26 de enero pasado se realizó en Bangkok, Tailandia, el “Workshop on designated non-financial businesses and professions (DNFBP) Regulation and Supervisión”, para miembros de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (Asean, por su sigla en inglés), al que fueron invitados, en calidad de expertos, el director de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), Javier Cruz Tamburrino, y la encargada de Asuntos Internacionales de la UAF, Carolina Rudnick.
El evento, organizado por la Agencia de Cooperación Internacional de Chile (AGCI) y la Agencia Tailandesa de Cooperación para el Desarrollo Internacional (TICA), contó con la asistencia y participación de representantes de las agencias de inteligencia financiera, asuntos internos, bancos centrales y departamentos de antilavado de dinero de Brunei, Camboya, Filipinas, Indonesia, Laos, Malasia, Myanmar, Singapur, Tailandia y Vietnam.
El taller de entrenamiento, de 18 horas distribuidas en 3 días (24, 25, 26 de enero), fue impartido por los expertos de la UAF y del Grupo Asia Pacífico sobre Lavado de Dinero (APG, por su sigla en inglés), quienes compartieron sus experiencias, mejores prácticas y desafíos con la regulación, supervisión y sanción de las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD).
La UAF aprovechó la oportunidad para dar a conocer los avances que ha tenido Chile, desde 2010 a la fecha, en el cumplimiento técnico y efectivo de las recomendaciones internacionales para reducir los riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT).
“Ser invitados a exponer ante representantes de la ASEAN no solo constituye una gran oportunidad para mostrar el modelo chileno antilavado, sino además es un reconocimiento a la labor realizada por la UAF en los últimos 7 años”, dijo el director Javier Cruz Tamburrino, añadiendo que durante el Workshop se aprovechó de mejorar la asociación con los países de la ASEAN, y de promover la cooperación para ayudar a los países en desarrollo a lograr un crecimiento sostenido y cosechar los beneficios del cambio tecnológico y la innovación.
Así, tras el encuentro, la UAF recibió solicitudes específicas de asistencia y colaboración por parte de las delegaciones de Camboya, Filipinas y Malasia.
“Chile y Tailandia están fuertemente comprometidos con la lucha contra el LA/FT, sobre todo por el carácter cada vez más transfronterizo que tienen ambos delitos, dada la gran movilidad de fondos y personas. De ahí que para la UAF sea particularmente importante aumentar y compartir el conocimiento, la experiencia y las mejores prácticas sobre las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas con los miembros de la ASEAN”, expresó el director de la UAF, destacando que esta es la primera vez que se invita a Chile a capacitar en estos temas a dicha Comunidad.
Según las Recomendaciones N° 22 y 23 del GAFI, los requisitos de debida diligencia del cliente, así como el mantenimiento de registros, también afectan a las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD), es decir, a los casinos; agentes inmobiliarios; comerciantes de metales y piedras preciosos; abogados, notarios, otros profesionales jurídicos independientes y contadores; y proveedores de servicios fiduciarios y societarios. No obstante, el GAFI precisa que cada país debe determinar los asuntos que deberían estar supeditados al privilegio profesional legal o el secreto profesional.
Además, la Recomendación GAFI N° 28 establece que las APNFD deben estar sujetas a medidas de regulación y supervisión. Así, los países deben asegurar que las categorías de APNFD estén sujetas a sistemas eficaces para el monitoreo, y que el cumplimiento de los requisitos antilavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo se realice de acuerdo al riesgo, todo lo cual puede ser ejecutado por un supervisor o un organismo autorregulador apropiado.

 

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