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Guía Legal.

Acerca de si es legal el cobro por estacionarse cerca de una playa.

El texto da cuenta de los derechos municipales de cobro por estacionar junto a una playa.

14 de febrero de 2018

El documento publicado sostiene que es legal que a uno le cobren por estacionarse cerca de una playa si los espacios destinados a estacionamientos ubicados en éstas, son espacios públicos administrados por las municipalidades, y de acuerdo a la Ley de Municipalidades, éstas los administran y pueden cobrar por su uso. La ley faculta a las municipalidades para concesionar estos espacios y recibir a cambio un canon anual.
A continuación se indica que las normas que rigen el cobro de los estacionamientos son las ordenanzas de cada municipio.
Con respecto a qué ocurre si los cobros por el estacionamiento son excesivos, el texto aclara que nada, usted es libre de tomar o no el servicio, pero no hay una entidad única que regule estas tarifas o donde usted pueda denunciar excesos.
Luego se aclara que los recursos obtenidos por el cobro de estacionamiento van a las arcas de la municipalidad respectiva o directamente al concesionario, si lo hubiere.
Y, si me deben dar boleta, la utilización de un estacionamiento constituye una prestación de servicios que se encuentra gravada con IVA y la boleta es el comprobante de la prestación de dicho servicio.
Por último, se  detalla que si soy residente de la comuna, igual debo pagar por el estacionamiento en la playa. Algunas municipalidades otorgan como beneficio, al obtener el permiso de circulación, que el usuario no pague en los estacionamientos playeros de la comuna. Fuente: www.bcn.cl

 

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