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Acerca del Transporte escolar: qué características deben tener los vehículos y conductores encargados del transporte de escolares.

Se señala que todos los vehículos de transporte escolar de modelo 2007 en adelante deben tener cinturón de seguridad en todos sus asientos.

4 de marzo de 2018

En una reciente publicación se dan a conocer las características que deben tener los vehículos y conductores encargados del transporte de escolares. Se sostiene que los requisitos que debe tener un transporte escolar son:
-Ser un furgón de color amarillo de una cilindrada igual o superior a 1.400 cc
-Tener en el techo un letrero triangular que diga "Escolares". Un letrero tipo, idéntico para todos los furgones, de fondo amarillo con letras negras, reflectante o iluminado.
-Tener en el techo, de forma visible, una luz intermitente para usar mientras los niños suben o bajan del vehículo.
-Los asientos deben estar dispuestos hacia adelante y ser de 30 centímetros de ancho con respaldo de mínimo 35 centímetros de altura.
-Tener una tarjeta visible en todo momento con la identificación del conductor.
-Contar con extintor de incendios.
-Tener revisión técnica al día y no tener más de 18 años de antigüedad en las Regiones XV, I y XII, en otras Regiones no debe superar los 16 años de antigüedad.
-Estar inscrito en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares.
En lo que se refiere a si los asientos del vehículo deben tener cinturón de seguridad, se afirma que todos los vehículos de transporte escolar de modelo 2007 en adelante deben tener cinturón de seguridad en todos sus asientos. Los modelos de años anteriores no están obligados a cumplir con este requisito y basta con que cuenten con cinturones en los asientos delanteros.
Además, el documento expone los requisitos que debe cumplir el conductor de un transporte escolar: Ser egresado de enseñanza básica, tener licencia de conducir clase A (transporte de pasajeros), haber aprobado un curso en una escuela de conductores profesionales y estar inscrito en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares.
Luego se indica otras condición que debe cumplir el servicio de transporte escolar, que es tener contratado el seguro obligatorio contra accidentes y, en caso de que el vehículo transporte a más de cinco niños en edad preescolar, debe haber otro adulto, además del chofer, que los cuide y que les ayude a subir y bajar del furgón.
Enseguida se define el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares como un registro que depende del Ministerio de Transportes, donde deben estar los datos de todos los servicios que se dediquen al transporte escolar. Es un registro obligatorio para quienes se dediquen a este negocio y su consulta es pública.
El registro debe incluir:
-Datos del empresario de transportes a cargo del servicio.
-Datos del dueño del vehículo.
-Datos del conductor o de los conductores y de sus acompañantes.
-Identificación y características de los vehículos.
-Ciudad o comunas en que funciona el servicio.
-Nombre del establecimiento educacional, en caso de que sea el que provea el servicio de transporte.
Para inscribirse en el registro se debe pedir una solicitud a la Secretaría Regional del ministerio de Transporte o, en algunos casos, a la municipalidad, y presentar:
-Certificado de anotaciones vigentes en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados.
-Fotocopia del certificado de revisión técnica del vehículo.
-Documentos que acrediten a qué título se usa el vehículo como transporte escolar, en caso de que el empresario no sea su dueño.
-Fotocopia legalizada ante notario de la licencia de conducir y original del certificado de antecedentes para fines especiales (que entrega el Servicio de Registro Civil) de cada uno de los conductores.
-Fotocopia legalizada ante notario de la cédula de identidad del empresario.
-En caso de que el servicio lo provea el mismo colegio o una persona jurídica, hay que presentar los documentos que acreditan su constitución.
-El certificado de inscripción que se entrega tiene una vigencia de cuatro años, debe estar visible en el furgón (sea el original o una fotocopia) y es obligación entregar una copia al colegio o a los apoderados que lo pidan.
-Pagar la tasa fijada.
A continuación, el texto aclara que personas no se pueden inscribir como conductores o acompañantes las personas, cuyo certificado de antecedentes emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación contenga anotaciones referentes a los delitos de abandono de menores; delitos contra el estado civil, como suplantar a un niño por otro; violación; estupro, otros delitos sexuales e incesto.
Si los secretarios regionales ministeriales toman conocimiento de que un conductor o acompañante inscrito ha sido condenado por uno o más de los delitos señalados, deberán oficiar inmediatamente al Registro Civil para que informe, en el más breve plazo posible, sobre la existencia de esas anotaciones prontuariales. Una vez certificada la situación, el seremi debe cancelar la respectiva inscripción.
Con respecto a la forma de verificar si es que un furgón escolar está inscrito en el Registro Nacional de Transporte Escolar, se aclara que se puede visitar el sitio web de la Subsecretaría de Transportes e ingresar a la sección "Servicios" y luego "Transporte Escolar". Desde ahí se puede verificar de inmediato si el vehículo está inscrito o no con sólo ingresar el número de patente del furgón. Luego se encontrará con la nómina completa de furgones escolares inscritos.
Si el transporte escolar no está en el Registro se considera una infracción de tránsito grave, que se sanciona con multa de 1 a 1,5 UTM, con la suspensión de la licencia y anotación en la hoja de vida del conductor.
En lo que se refiere a cómo pueden saber los padres quién es el conductor(a) del furgón escolar, se señala que quien conduzca furgones escolares debe portar siempre una placa identificatoria con todos sus datos personales y el certificado de registro en original y copia.
Los colegios pueden saber qué furgones escolares van a buscar a los niños a sus establecimientos, ya que se agrega quienes realizan transporte escolar deben entregar una copia autorizada del certificado de inscripción en el o los establecimientos educacionales en los que presten servicios, así como a los padres y apoderados que lo requieran. Además, el conductor está obligado a portar el certificado original o una copia autorizada mientras realiza el transporte de escolares.
Y en respuesta a la consulta sobre qué pasa si un vehículo de otras características está funcionando como transporte escolar, se detalla que si un vehículo opera como transporte escolar sin cumplir con los requisitos para ello, se considera una infracción gravísima a la Ley de Tránsito y se castiga con una multa de 1,5 a 3 UTM y 5 a 45 días de suspensión de la licencia de conducir.
Finalmente, se dice que en caso de que se den irregularidades en algún transporte escolar, puedo llamar y hacer su denuncia al 143 que corresponde al Ministerio de Transportes. Fuente:www.bcn.cl

 

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