Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Copiapó ordena rectificar nombre y sexo registral.

El Tribunal de alzada revocó la resolución apelada, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de Vallenar, tras establecer que la denegación del cambio solicitado constituye un acto discriminatorio.

Por Redacción·05 de marzo de 2018·2 min de lectura
Corte de Copiapó ordena rectificar nombre y sexo registral.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Copiapó acogió recurso de apelación y ordenó al Servicio de Registro Civil de Vallenar rectificar el nombre y sexo de la inscripción de nacimiento de recurrente.

La sentencia sostiene que ha quedado en evidencia, con la prueba rendida, que si bien el requirente fue inscrito y nombrado bajo el sexo masculino, desde su infancia se ha identificado con el género femenino, en sus vestimentas, comportamientos, relaciones sociales, reconociéndosele en su entorno por más de cinco años con un nombre femenino, encontrándose en tratamiento hormonal, estético, psicológico y psiquiátrico, todo con la finalidad de adecuar su apariencia al género femenino, con el que se identifica y define.

La resolución agrega que el nombre de un individuo debe guardar coherencia como el género, lo que debe reflejarse en la respectiva partida registral, buscando la ley impedir no solo los equívocos, sino también el menoscabo moral o material derivados del uso y si bien –tal como expone la abogada recurrente- no existe en nuestro ordenamiento algún procedimiento o norma que expresamente permita el cambio de género, sí lo hay para rectificar las partidas y para modificar los nombres y/o apellidos, no observándose impedimento para que ello se haga en un único acto jurisdiccional, a fin de dar solución integral a la problemática que ha sido traída a estrados.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.