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Se rechazaron modificaciones introducidas por la Cámara Baja.

Sala del Senado eximió del trámite de Comisión al proyecto que reconoce y da protección a la identidad de género.

Una Comisión Mixta será la encargada de zanjar las discrepancias surgidas entre ambas Cámaras, y que tienen que ver con aspectos como la situación de los menores de edad como sujetos afectos a ejercer el derecho a ser identificadas conforme a su identidad de género y los trámites a realizar en casos de personas con vínculo matrimonial.

7 de marzo de 2018

Por acuerdo de la Sala del Senado se eximió del trámite de Comisión al proyecto que reconoce y da protección a la identidad de género y se rechazaron las modificaciones introducidas por la Cámara Baja.
Después de que el Ejecutivo otorgara urgencia de “discusión inmediata”,  seis días para ser despachado, al proyecto que reconoce y da protección a la identidad de género, la Sala del Senado acordó eximir del trámite de Comisión a la iniciativa que cumplía su tercer trámite en la corporación y se pronunció rechazando las modificaciones que se introdujeron en la Cámara Baja.
Cabe señalar que esto significa que una Comisión Mixta, integrada por senadores y diputados será la encargada de zanjar las discrepancias surgidas entre ambas Cámaras, y que tienen que ver con aspectos tales como, la situación de los menores de edad como sujetos afectos a ejercer el derecho a ser identificadas conforme a su identidad de género  y los trámites a realizar en casos de personas con vínculo matrimonial.
La moción, que tuvo su origen en una moción de los senadores Pérez San Martín, Lagos Weber y Letelier, y de los ex senadores Rincón y Escalona, tiene por objeto reconocer y dar protección al derecho a la identidad de género de las personas mayores de edad, permitiéndoles rectificar en su partida de nacimiento el cambio de sexo y nombre en el Registro Civil e Identificación, cuando no coincidan con su verdadera identidad de género.

Pasos que siguen

Una vez que se constituya la Comisión Mixta respectiva los legisladores deberán identificar los puntos en discrepancia y elaborar una propuesta (informe) que las resuelva.
Ese informe deberá ser sometido a votación (completo) por ambas Salas del Senado y de la Cámara. 
Si se aprueba en ambas Salas la iniciativa queda en condiciones de ser promulgada como Ley. Si se rechazara quiere decir que el texto legal se quedaría sin normas respecto a los puntos en discrepancia.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis

 

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