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Caso español: 40 jornadas en beneficio de la comunidad por acosar a su ex pareja con llamadas y Whatsapp.

En la sentencia de conformidad dictada, el juez considera probado que el hombre, excesivamente celoso y posesivo, al conocer el cese de su relación sentimental molestó de forma reiterada a su ex pareja con mensajes de whattsapp y llamadas de teléfono.

13 de marzo de 2018

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, 3 de Teruel  condenó a un hombre a la pena de 40 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad por un delito de violencia contra la mujer en su modalidad de acoso, también conocido como "stalking", por el envío constante y prolongado a su ex pareja mensajes de whatsapp  y llamadas de teléfono.
En la sentencia de conformidad dictada, el juez considera probado que el hombre, excesivamente celoso y posesivo, al conocer el cese de su relación sentimental molestó de forma reiterada a su ex pareja con mensajes de whattsapp  y llamadas de teléfono.
De acuerdo los hechos probados, el acusado llegó a enviar un total de 23 llamadas perdidas el día 6 de febrero de 2018, 11 llamadas perdidas el día 7 de febrero de 2018, 6 llamadas perdidas el día 4 de marzo de 2018 y 7 llamadas perdidas el día 5 de marzo de 2018.
El hombre llegó a presentarse en su lugar de trabajo para pedirle que reanudaran de nuevo la relación y ante la negativa de ella, la amenazó con hacer públicos los vídeos de contenido sexual que ambos habían grabado de mutuo acuerdo durante su relación de pareja.
Por ello el juez le condena por un delito de violencia contra la mujer en su modalidad de acoso, previsto y penado en el artículo 172. ter. 1 y 2 del Código Penal y le prohíbe acercarse a ella a menos de 200 metros, “así como al domicilio, lugares de trabajo y/o estudios y, en último término, lugares que frecuente e, igualmente, a comunicarse con ella por cualquier medio sea informático, telefónico, telegráfico, por carta o cualquier otra vía posible, durante el plazo de ocho meses”.
La sentencia, que al ser de conformidad y renunciar las parte a recurrir, es firme, también le condena al pago de las costas del juicio.

 

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