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Corte Constitucional de Colombia reglamenta la eutanasia para niños y adolescentes.

Los hospitales deben conformar un comité multidisciplinario para garantizar que se cumplan todas las condiciones.

13 de marzo de 2018

Más de dos décadas después de la legalización de la eutanasia, el Gobierno colombiano, por orden de la Corte Constitucional, reglamenta la eutanasia para niños y adolescentes.
Cabe señalar que Colombia es el único país de América Latina con un procedimiento definido para practicar la eutanasia en adultos. En medio de un debate, se convirtió el viernes en el tercero en el mundo, después de Holanda y Bélgica, que regula esa práctica también entre los pacientes menores de edad que se rehúsen a padecer los sufrimientos de una enfermedad terminal.
Aunque la eutanasia se legalizó en este país de tradición católica hace más de 20 años, solo se reglamentó para los adultos en 2015, y desde entonces 40 pacientes se han sometido a un procedimiento que se ha topado con el rechazo de los sectores más religiosos y conservadores. Donde algunos ven un triunfo de la empatía y la compasión, otros hablan de una “cultura de la muerte”.
El año pasado la Magistratura colombiana ordenó al Gobierno “hacer efectivo el derecho a morir con dignidad de los niños, las niñas y los adolescentes”, y el Ministerio de Salud respondió con una resolución, que establece situaciones particulares en distintos rangos de edad, y siempre bajo la condición de que la enfermedad sea terminal y el sufrimiento constante, insoportable y no pueda ser aliviado. Los hospitales deben conformar un comité multidisciplinario para garantizar que se cumplan todas las condiciones.
La resolución sostiene además que se requiere el consentimiento inequívoco del paciente, y es a partir de los 12 años cuando “el concepto de muerte se consolida como irreversible, universal e inexorable”.
También detalla que los menores de 6 años quedan excluidos, así como aquellos con discapacidades mentales o trastornos psiquiátricos “que alteren la competencia para entender, razonar y emitir un juicio reflexivo”.
Asimismo, establece que entre los 6 y los 12, solo se podrá practicar en casos excepcionales, mientras entre 12 y 14 prevalece la autonomía del menor, pero será obligatoria la concurrencia de los padres. Y a partir de los 14, solo contará la voluntad del adolescente.
Muerte asistida
La muerte asistida esta despenalizada desde 1997 gracias a una sentencia de la Corte colombiana que establece que “el derecho a vivir en forma digna implica también el derecho a morir dignamente”.
Ello quedó por más de una década en suspenso hasta que un nuevo fallo del alto Tribunal lo retomó en el 2014, lo que obligó al Ministerio de Salud a reglamentar la eutanasia al año siguiente. El famoso y público primer caso fue el de Ovidio González Correa, un zapatero de 79 años que se estaba quedando sin rostro por un agresivo cáncer en la boca. El padre del reconocido caricaturista colombiano Julio César González, Matador, había perdido el olfato y el gusto, y pasó de pesar 81 kilos a 48.

 

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