Diario Constitucional

En fallo dividido.

CS ordena a concesionaria de autopista pagar indemnización por incumplimiento de contrato.

El máximo Tribunal condenó a la Sociedad Concesionaria Autopista Antofagasta S.A. a pagar $17.061.695 por incumplimiento de contrato con empresa de transporte de personal.

Por Redacción·21 de marzo de 2018·2 min de lectura
CS ordena a concesionaria de autopista pagar indemnización por incumplimiento de contrato.
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En fallo dividido, la Corte Suprema condenó a la Sociedad Concesionaria Autopista Antofagasta S.A. a pagar $17.061.695 por incumplimiento de contrato con empresa de transporte de personal.

Así, ratificó que la sociedad concesionaria debe pagar $10.000.000 por daño moral, y $7.061.695 por daño emergente, pero acogió recurso de casación, eliminó la indemnización por lucro cesante, tras establecer que en la especie no corresponde dicho pago.

La sentencia sostiene que debe considerarse que en virtud del contrato que ligó a las partes, el actor se obligó a prestar servicios de traslado de personal de acuerdo a los recorridos y horarios establecidos por las partes, por sí o por terceros, en los términos y condiciones que fueran señalados en la respectiva cotización, a cambio de lo cual debía recibir por parte de la demandada el pago de un precio, el que correspondía a un valor unitario que no podía sobrepasar la suma de $8.100.000 (cláusulas 1ª, 2ª y 3ª del contrato). Como puede apreciarse el referido contrato establece un sistema de precios unitarios, con un monto mensual máximo, sin contemplar un mínimo garantizado, ni tampoco de traslados, quedando sujeta la existencia de estos a los requerimientos de la demandada, lo que determina que era perfectamente posible conforme a lo acordado que éstos no tuvieran lugar.

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