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Publican «¿Cómo democratizar las labores de cuidado y no remuneradas?»

El documento plantea que hasta hoy las funciones de cuidado y no remuneradas, relacionadas fundamentalmente con el desarrollo de la familia, continúan siendo tareas asociadas a lo «femenino», asumiéndoseles casi con naturalidad como un rol privativo de la mujer.

27 de marzo de 2018

En una reciente publicación se da a conocer el artículo “¿Cómo democratizar las labores de cuidado y no remuneradas?” El documento sostiene que la inequidad en el uso del tiempo entre hombres y mujeres, respecto de labores relacionadas con el cuidado del hogar y de familiares y los trabajos domésticos no remunerados, es un problema de larga data, que se fundamenta en los roles que la sociedad ha impuesto a ambos géneros. Esto se ha naturalizado con el paso de los años, y parece ser “normal” que la mujer asuma ciertos roles por defecto como “jefa de hogar”.
El texto explica que el trabajo doméstico no remunerado considera todas las actividades y quehaceres domésticos realizados para el mejor funcionamiento del propio hogar, como la preparación y servicios de comidas, la limpieza de la vivienda, ropa y calzado, el mantenimiento y reparaciones menores en el hogar, la administración del hogar, el abastecimiento del hogar y el cuidado de mascotas y plantas. Por otra parte, el trabajo de cuidados se compone de todas las actividades de este tipo que se realizan a integrantes del hogar que requieren cuidados de salud permanentes ya sea por enfermedad o bien por el tramo de edad al que pertenecen.
A continuación, se expone que a nivel mundial, según indica Naciones Unidas, “el promedio de tiempo dedicado a los cuidados asistenciales y el trabajo doméstico no remunerados supera con creces el triple para las mujeres que para los hombres, según los datos de encuestas realizadas en 83 países y zonas”, lo que da a entender que el tiempo dedicado a tareas domésticas es la causa de una proporción elevada de la brecha entre los géneros en el trabajo no remunerado.
En Chile, la Encuesta Nacional sobre Uso del Tiempo (ENUT) de noviembre de 2017, señala varios hallazgos interesantes al respecto: Al comparar el trabajo doméstico no remunerado para el hogar, se presentan diferencias significativas por sexo: mientras 97,3% de las mujeres realiza este tipo de trabajo, destinando 3,84 horas al trabajo doméstico en promedio por día, el 92,2% de los hombres que lo realiza le dedica 1,83 horas promedio. La tasa de participación de las mujeres en el trabajo de cuidados un día tipo es de un 51,9%, con 3,03 horas en promedio destinadas, en tanto que en los hombres la participación y las horas destinadas disminuyen, con 41,6% y 1,64 horas dedicadas en promedio a esas labores. Las diferencias por sexo evidencian que la participación de las mujeres y el tiempo que destinan al trabajo de cuidados es mayor que el de los hombres, tanto en días de semana como en fin de semana. Por otra parte, en cuanto al trabajo de cuidados no remunerado para otros hogares de la comunidad y trabajo voluntario las mayores tasas de participación se registran en las mujeres, con un 51,9% y 18,2%, respectivamente.
Esta inequidad, arguye el documento, trae como consecuencia la exclusión de las mujeres de otras áreas, como lo es el sector financiero formal. Al no recibir remuneración por su labor y tiempo invertidos, la mujer es frecuentemente discriminada del acceso a créditos y a servicios bancarios, lo que sin dudas representa un tremendo obstáculo para alcanzar la igualdad de género y para erradicar la pobreza. En este sentido, se estima que otorgar acceso a las mujeres al mercado financiero puede ayudar a corregir disparidades de base, y a otorgar mayor acceso a oportunidades a un grupo que, por sus características, se ve afectado ya en la práctica en temas como la brecha salarial -un ingreso menor al de los hombres en un 30% en promedio, al menos en Chile- y el acceso a ciertos puestos de trabajo reservados para el género masculino.

El empoderamiento de la mujer bajo la Agenda 2030

El documento recuerda que hace unos meses, en octubre de 2017, durante el Encuentro en el Rol de la mujer en los ODS, celebrado en Turquía y organizado por la Confederación de Empresas y Negocios Turcos (TURKONFED), ONU Mujeres y el PNUD, todos los discursos inaugurales fueron enfáticos en relevar el rol de la mujer en el cumplimiento no sólo de uno de los ODS, el de Igualdad de Género, sino en la totalidad de éstos. Se señaló la importancia de capacitar y empoderar a las mujeres en todo orden de cosas, comenzando con acceso a la educación y oportunidades de empleo, para que éstas no deban escoger entre su empleo y su familia. Por lo mismo, invertir de esta manera en las mujeres fue destacado como uno de los pasos más importantes para el desarrollo sostenible.

Chile: Algunas medidas que permiten avanzar

El texto plantea que el cambio de visión sobre los roles en los trabajos no remunerados debe ser impulsado por una serie de actores en múltiples niveles: por una sociedad civil que lo demande, por un parlamento activo, por instituciones sólidas, y por una serie de programas desde el nivel nacional hasta el local. En Chile se han dado avances interesantes en los últimos años respecto a la inclusión de la mujer en el ámbito laboral. Una excelente iniciativa es el Programa de Buenas Prácticas Laborales y Trabajo Decente para la Equidad de Género (BPLEG) del SernamEG. Como parte del Área Mujer y Trabajo de este Servicio, busca “promover el cambio cultural al interior de organizaciones laborales privadas, públicas y sindicales para favorecer el ingreso, permanencia y desarrollo de las mujeres en espacios laborales de calidad, propiciando medidas para eliminar inequidades, brechas y barreras de género en el empleo, a partir de la instalación de Buenas Prácticas Laborales con Equidad de Género”. Al mismo tiempo, promueve la adopción de la Norma Chilena NCh3262-2012 Igualdad de Género y Conciliación de la Vida laboral, Familiar y Personal (SernamEG e INN) y del “Sello Iguala-Conciliación” asociado a la certificación de la Norma.
Enseguida se destaca una iniciativa que resultaría interesante de replicar en el país es la «Cultura de derechos: involucrar a hombres y niños para eliminar los estereotipos de género», implementada por el Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA). Esta institución señala como indispensabole la participación de los hombres y niños para lograr la igualdad de género. “Hoy por hoy, se reconoce abiertamente que la mejora de la condición jurídica y social de las mujeres y los adelantos en sus derechos arrojan beneficios para el conjunto de la sociedad, no solo para las mujeres y las niñas”, señalan en el UNFPA, razón por la cual alientan a los jóvenes y niños a alejarse de estereotipos nocivos y desnormalizar usos machistas en el lenguaje. Programas como este, que intentan cambiar verdaderos paradigmas sociales a través de la información y la educación, son altamente necesarios para lograr un cambio integral y no sólo en el papel.

Iniciativas legislativas y de políticas públicas en curso

El documento sostiene que debe reconocerse que en la última década, se ha venido creando un marco normativo de protección para la mujer que ejecuta trabajo no remunerado. Entre otras medidas, se ha fijado una pensión mínima solidaria para jefes de hogar que deban permanecer cuidando a sus hijos enfermos; asimismo, se estableció la figura de la compensación económica, cuando en la eventualidad de un divorcio la mujer puede alegar que postergó su carrera por ejercer el trabajo no remunerado de la crianza de los hijos y obtener una compensación económica por dichos cuidados. Entre otras leyes, destacan:

Ley No 21.063 crea un seguro para el acompañamiento de niños y niñas que padezcan las enfermedades que indica, y modifica el Código del Trabajo para estos efectos (D.O. 30.12.2017). Esta ley permite al padre y la madre de un niño o niña afectado por una grave condición de salud acceder a un permiso para ausentarse justificadamente de su trabajo durante un tiempo determinado y a percibir un subsidio que reemplace el todo o parte de su remuneración mensual, durante el período que su hijo o hija requiera de atención, acompañamiento o cuidado personal.

Ley No 20.761 extiende a los padres trabajadores el derecho de alimentar a sus hijos y perfecciona normas sobre protección de la maternidad (D.O.22.07.2014).

Ley No 20.545 modifica las normas sobre protección a la maternidad e incorpora el permiso postnatal parental (D.O. 17.10.2011).

Ley No 20.348 resguarda el derecho a la igualdad en las remuneraciones (D.O.19.09.2009).

Ley No 20.166 extiende el derecho de las madres trabajadoras a amamantar a sus hijos aun cuando no exista sala cuna (D.O. 12.02.2007).

Ley No 19.670 extiende en determinados casos el beneficio del fuero maternal a mujeres que adoptan un hijo en conformidad a la Ley de Adopción (D.O.15.04.2000). El beneficio se extiende a la mujer, hombre soltero o viudo que manifiesta su voluntad de adoptar un hijo, gozando del mismo desde la fecha de la sentencia que le confiere el cuidado personal del menor o la tuición del mismo. Fuente:www.bcn.cl

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