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Tienen derecho a capacitación.

CGR determina que pasantía de CORES en Finlandia se ajustó a derecho.

El dictamen concluye que la Contraloría General carece de competencia para la revisión de la tabla de viáticos que impugna el requirente.

4 de abril de 2018

Se solicitó a la Contraloría General de la República la reconsideración del oficio N° 2.618, de 2017, por el cual la Contraloría Regional del Biobío declaró haberse ajustado a derecho la participación de los consejeros regionales de esa zona en una pasantía que se realizó el año 2014 en Finlandia sobre el sistema educativo de ese país, atendido que contaba con la aprobación formal del Consejo Regional y del Intendente, y que guardaba relación con las funciones propias de los gobiernos regionales.

El requirente objetó la prestación de servicios educacionales sosteniendo que no es una materia de competencia directa de esas entidades regionales, y consulta qué resultados y planes concretos para la región se produjeron como consecuencia del aprendizaje asociado al viaje de tales personeros.

Además, pregunta si los consejeros regionales tienen derecho a capacitación como los funcionarios públicos, e insiste en que el viaje a Finlandia provocó un daño patrimonial sin que la Contraloría General ordenara acciones concretas para recuperar los fondos públicos involucrados.

Por último, solicitó establecer plazos para que los organismos públicos realicen los sumarios administrativos de conformidad con lo que establece la ley, y requiere revisar la tabla de viáticos actualmente en vigor pues estima que las sumas que se entregan son excesivas para cubrir los gastos asociados.

Sobre el particular, la Contraloría General recuerda que mediante el informe final N° 414, de 2015, la Contraloría Regional del Biobío investigó las irregularidades denunciadas en la pasantía que cinco consejeros regionales realizaron a Finlandia, y que con posterioridad, esa Contraloría Regional contestó dos solicitudes de reconsideración del mismo requirente mediante los oficios N°s. 6.428, de 2016, y el 2.618, de 2017, que impugna en esta ocasión.

Enseguida, y a propósito de la solicitud de reevaluación del criterio objetado, el órgano contralor advierte que la actividad se enmarcó en el cumplimiento de las funciones propias que los artículos 18 y 19 de la Ley N° 19.175 le encomiendan a los gobiernos regionales, en virtud de los cuales les corresponde preocuparse por el desarrollo de la educación superior y técnica en la región, y participar en acciones destinadas a facilitar el acceso de la población de escasos recursos o que vivan en sectores aislados a beneficios y programas en el ámbito de la educación.

Añade que, aun cuando el requirente no acompaña nuevos antecedentes ni aporta consideraciones adicionales que ameriten cambiar el criterio sostenido por la Contraloría Regional del Biobío.

A su vez, el dictamen destaca lo informado por el Intendente y el Presidente del Consejo Regional de esa zona, quien manifestó que el cometido objetado buscó ampliar el grado de conocimientos generales de los consejeros en materia educacional atendido que la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (F.N.D.R) incluye la discusión en comisión y posterior aprobación de diversos proyectos de inversión relativos a infraestructura, equipamiento y programas que contemplan la ejecución de acciones en esa materia.

Lo anterior, indica la Contraloría General, permite ilustrar la vinculación entre la actividad impugnada y las funciones que en materia educacional el legislador les ha encomendado a los gobiernos regionales, correspondiendo entonces confirmar el reseñado oficio N° 2.618.

En lo que respecta a la consulta sobre los resultados y planes implementados en la región a raíz del cometido objetado, el dictamen precisa que aun cuando la relación entre los fines de la actividad y las tareas propias de los gobiernos regionales forma parte del examen de la legalidad del gasto que realiza la Contraloría General, su aprobación no está supeditada a la condición de que se produzcan ciertos productos específicos para la región.

Sobre el derecho a capacitación de los consejeros regionales, el órgano fiscalizador recuerda que previo a la dictación de la Ley N° 20.817, el dictamen N° 43.533, de 2006, señaló que a tales personeros no les correspondía ese beneficio atendido que la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, solo lo contempló para los funcionarios públicos, calidad que no tienen los integrantes de los consejos regionales.

Sin embargo, aclara que la situación antes descrita fue modificada por la referida Ley N° 20.817, que incorporó un último párrafo al artículo 39 de la Ley N° 19.175, el cual dispone que “El gobierno regional podrá financiar la capacitación de los consejeros regionales en materias de su competencia”, de manera que en la actualidad tales personeros pueden realizar cursos de capacitación con cargo a los recursos públicos de los gobiernos regionales.

Por otra parte, la Contraloría General descarta el reclamo relativo a que no habría adoptado medidas para reparar el detrimento al patrimonio público involucrado en el financiamiento del viaje objetado, ello porque tanto el informe final N° 414 como los dos oficios emitidos con posterioridad por la Contraloría Regional del Biobío ordenaron al respectivo Gobierno Regional exigir el reintegro de las sumas percibidas indebidamente por concepto del pago de viáticos y otros gastos no reembolsables a los consejeros regionales.

Finalmente, el dictamen concluye que la Contraloría General carece de competencia para la revisión de la tabla de viáticos que impugna el requirente, pues el artículo 14° del D.F.L. N° 262, de 1977, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de Viáticos para el Personal de la Administración Pública, indica que la modificación de los tramos, grados y porcentajes que determinen los montos de los viáticos fijados en ese cuerpo legal lo puede efectuar el Ministerio de Hacienda mediante decreto supremo.

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 7.701 de 2018.

 

 

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* CGR imparte instrucciones sobre cometidos y capacitaciones de concejales…

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