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En forma unánime.

CS acogió protección contra Inspección Comunal del Trabajo debido que rechazó un recurso de reconsideración de multa por extemporáneo.

El recurrente consideró infringida la igualdad ante la ley.

11 de abril de 2018

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió la acción de protección deducida por una empresa contra la Inspección Comunal del Trabajo Metropolitana Poniente, por haber dictado la Resolución Ord. N° 1813 de 12 de diciembre de 2017, que rechazó por extemporáneo el recurso de reconsideración interpuesto en contra de la Resolución Multa 4230/17/10.

El recurrente consideró infringida la igualdad ante la ley, por cuanto el actuar del recurrido crea un plazo que no existe en norma alguna, pasando a tener las reconsideraciones administrativas un tratamiento distinto y especial a los otros recursos administrativos, realizando de esta manera una distinción ilegal, en base también a lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley N° 19.880, la que dispone la aplicación supletoria de esta ley. Asimismo, estimó vulnerado el derecho de propiedad, puesto que al negarse a tramitar la reconsideración administrativa se encuentra obligada al pago de la multa cursada, sufriendo un evidente detrimento en su patrimonio que no tiene por qué soportar.

En su sentencia, el máximo Tribunal indicó que el recurso de reconsideración fue presentado el día 01 de diciembre de 2017, esto es, conforme con lo razonado, dentro del plazo de treinta días hábiles contados desde la notificación que fue practicada el día 25 de octubre del mismo año aludido. Por tanto, la actuación de la recurrida constituye un acto ilegal pues por ella se negó a tramitar un recurso presentado dentro de plazo, afectando la garantía de igualdad ante la ley contemplada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, porque al desconocer la autoridad recurrida el término en toda su extensión ha dado un trato discriminatorio, actuar que afecta, del mismo modo, el principio de legalidad que vincula a toda autoridad.

Por lo anterior, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada, acogiendo el recurso de protección y dejándose sin efecto la resolución N° 1813 de 12 de diciembre de 2017, debiendo la recurrida admitir a tramitación el recurso de reconsideración planteado por la parte recurrente respecto de la Resolución de Multa N° 4240.17.101 N° 1, 2 y 3 de 25 de septiembre de 2017.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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