Sello Sernac.
Proyecto encomienda al Servicio Nacional del Consumidor ser la entidad facultada para revisar contratos de adhesión celebrados con toda institución bancaria y financiera.
Corresponde ahora que la iniciativa ?en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo de la Cámara de Diputados.

La moción de los diputados Bernales, Hernando, Hirsh, Mirosevic, Mulet, Saffirio, Sepúlveda, Velásquez Núñez y Velásquez Sequel, expone que la Ley N° 20.555, que modificó la Ley N° 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, para dotar de atribuciones en materias financieras, entre otras, al Servicio Nacional del Consumidor
Observa luego que la modificación tenía por objeto que los contratos de adhesión que celebraran los consumidores con los bancos e instituciones financieras, establecimientos comerciales, compañías de seguros, cajas de compensación, cooperativas de ahorro y crédito y otros proveedores de servicios crediticios, de seguros y, en general, de cualquier producto financiero, tuvieran una certificación por parte del Estado que acreditara que su contenido estaba de acuerdo a la Ley.
Sin embargo, los autores iniciativa advierten que la modificación, no tuvo el impacto deseado debido al carácter facultativo que se les dio a las respectivas entidades, quedando a su arbitrio si es que lo requerían o no, por lo que casi ninguna se acogió al denominado “Sello Sernac”, circunstancia que era del todo previsible.
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