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Plazo de 10 días.

Un Tribunal español ordena a madre devolución de menor a Chile después de que se la llevara en contra de la voluntad del padre.

La menor tuvo que ser localizada en España a través de la Interpol y por ello los Magistrados creen que los argumentos planteados por la madre están «huérfanos de prueba».

17 de abril de 2018

La Audiencia Provincial de Baleares ordenó el regreso de una menor extranjera a Chile después de que la madre la trajera a Mallorca en contra de la voluntad del padre.
Así, desestimó un recurso de la madre contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Palma, que declaró que la retención de la menor en España era ilícita, luego de una demanda presentada por el abogado del Estado.
La Audiencia ha dado a la madre un plazo de diez días para que la menor vuelva a su domicilio anterior. Ello sin perjuicio de que el Juzgado, para asegurar la ejecución de la sentencia, pueda acordar medidas para evitar un nuevo traslado ilícito de la menor.
La niña deberá presentarse ante el Juzgado competente de la última localidad de residencia habitual en Chile, para que ese órgano dicte las medidas necesarias para permitir al padre el régimen de comunicación y relación con la menor.
La madre pidió revocar la sentencia dictada por el Juzgado de Palma planteando, entre otros argumentos, que existió consentimiento expreso y tácito del padre para el traslado de la menor.
Sin embargo, la Audiencia rechazó esta alegación dado que la autorización notarial autorizando a la niña a salir del territorio nacional hacia Bolivia con su madre estaba expirada y además es objeto de una investigación penal por falsificación de la firma, tras una querella contra la madre.
Cabe señalar que la menor tuvo que ser localizada en España a través de la Interpol y por ello, los Magistrados creen que los argumentos planteados por la madre están “huérfanos de prueba”.

 

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