Diario Constitucional

Para evitar daños a las personas y bienes.

Municipios podrían efectuar obras provisorias de emergencia de baches de no más de 50 metros cuadrados.

Se eximiría a las Municipalidades de la aprobación anticipada del SERVIU para ejecutar estas reparaciones.

Por Redacción·19 de abril de 2018·3 min de lectura
Municipios podrían efectuar obras provisorias de emergencia de baches de no más de 50 metros cuadrados.
Referencial

La Sala del Senado respaldó la moción en general, por 35 votos a favor y 3 abstenciones, que modifica la ley N° 8.946, que fija texto definitivo de las leyes de Pavimentación Comunal, en materia de ejecución de obras provisorias de emergencia por parte de los Municipios.

Ello permitiría a los Municipios efectuar obras provisorias de emergencia, en aceras y calzadas tendientes a evitar daños a las personas y bienes, siempre que cada intervención no supere los 50 metros cuadrados por bache.

Asimismo, propone eximir a las Municipalidades de la aprobación anticipada del SERVIU para ejecutar estas reparaciones.

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