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Artículo 211 G del Código del Trabajo.

Juzgado del Trabajo de La Serena condena a Municipalidad de la comuna por infringir normativa sobre pesos máximos de carga.

El Tribunal dio por establecido que el Municipio transgredió el deber legal de seguridad sobre cargas manuales, el peso máximo establecido por ley y no adoptar las medidas de seguridad requeridas.

24 de abril de 2018

El Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena acogió demanda laboral y ordenó a la Municipalidad de la comuna pagar de una indemnización total de $4.774.930, a trabajador que resultó con una lesión en el hombro por carga y descargar soleras con un peso superior al límite máximo de 50 kilos.
La sentencia sostiene que la conducta desplegada por la demandada implica claramente una trasgresión a sus deberes de seguridad, especialmente artículo 211 G del Código del Trabajo que obliga al empleador a evitar la carga manual y a informar al trabajador sobre los métodos que debe utilizar en esta tarea; artículo 211 H del mismo cuerpo legal que fija el monto máximo del peso a cargar en 50 kilos; artículo 21 del DS 40 que establece la obligación de informar riesgos laborales y artículo 184 del Código del Trabajo que obliga a adoptar todas las medidas de seguridad necesarias.
La resolución agrega que de esta manera el actor ha sufrido una lesión como consecuencia de su trabajo y de la conducta negligente desplegada por su empleador, lo que le da derecho a ser indemnizado.
Por último, concluye que se acoge la demanda, sólo en cuanto se condena a la Ilustre Municipalidad de La Serena al pago de una indemnización por daño emergente de $2.774.930 y una indemnización por daño moral de $2.000.000.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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