Noticias

Por unanimidad.

Segundo Tribunal Ambiental ordenó a la Comisión de Evaluación de Antofagasta tramitar solicitud de invalidación de la RCA de Planta Recuperadora de Metales en Mejillones.

El Tribunal acogió reclamación de particular contra la resolución en que la Comisión declaró inadmisible dicha solicitud.

27 de abril de 2018

Por unanimidad, el Segundo Tribunal Ambiental acogió la reclamación presentada en contra de la Comisión de Evaluación Ambiental de Antofagasta, ordenándole admitir a trámite la solicitud de invalidación de la resolución que aprobó el proyecto Planta Recuperadora de Metales, ubicado en Mejillones.
La sentencia sostiene que “se resuelve acoger la reclamación deducida por el señor Darío Ernesto Cortés Paredes en contra de la Resolución Exenta Nº 50/2016, de 9 de febrero de 2016, de la Comisión de Evaluación Ambiental de Antofagasta, anulándola y ordenando en su lugar admitir a trámite la solicitud de invalidación, y dar curso al respectivo procedimiento, dentro del plazo perentorio de 60 días contados desde la notificación de esta sentencia, a fin de emitir un pronunciamiento respecto del fondo de la solicitud de invalidación administrativa presentada por la reclamante el 3 de noviembre de 2015, en contra de la RCA Nº 359/2013 emitida por la reclamada el 22 de noviembre de 2013”.
En su análisis, el Tribunal aplicó la jurisprudencia de la Corte Suprema en relación a la forma y plazos para presentar una solicitud de invalidación, concluyendo que como la solicitud se presentó dentro del plazo de dos años previstos en la ley, “resultaba improcedente que la CEA de Antofagasta la declarara inadmisible, sin hacer uso de sus facultades para extender los plazos, circunstancia que impidió que la autoridad emitiera un pronunciamiento de fondo sobre la nulidad solicitada”.
Asimismo, llamó la atención respecto de que a la fecha se ha excedido tanto el plazo de dos años como el plazo máximo de extensión. “Sin embargo, aquello no es impedimento para acoger la reclamación, toda vez que en la especie fue la actuación equívoca de la Administración la que impidió el análisis de fondo, por lo que corresponde a la autoridad administrativa, una vez que recepcione los antecedentes, actuar con la máxima celeridad y culmine adecuadamente el procedimiento administrativo incoado, emitiendo una decisión en que se analicen las materias de fondo propuestas en la solicitud de invalidación de la reclamante”.
El reclamante llegó al Tribunal luego que la Comisión declarara inadmisible su solicitud de invalidación de la RCA del proyecto que pretende recuperar cobre y metales preciosos contenidos en el precipitado de refinería rico en cobre y barros anódicos, provenientes de las instalaciones de fundición y refinería de cobre de Codelco y de terceros.

 

Antecedentes

–     El 23 de abril de 2013, Planta Recuperadora de Metales SpA ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de su proyecto “Planta Recuperadora de Metales”.

–     La planta tendrá capacidad para procesar 4.000 toneladas anuales de dichos subproductos.

–     22 de noviembre de 2013 la Comisión de Evaluación Ambiental de Antofagasta calificó ambientalmente favorable el proyecto (Res. Ex. N°359/2013).

–     3 de noviembre de 2015, el reclamante solicitó la invalidación de dicha RCA.

–     9 de febrero de 2016, la CEA de Antofagasta declaró inadmisible dicha solicitud (Res. Ex. Nº 50/2016)

–     9 de marzo de 2016, Darío Cortés Paredes interpuso ante el Tribunal Ambiental de Santiago la reclamación en contra de la resolución en que la CEA de Antofagasta declaró inadmisible la solicitud de invalidación.

–     30 de agosto de 2016, el Tribunal Ambiental, dando cumplimiento a la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, suspendió la tramitación de la reclamación, a la espera de que se resolvieran los recursos administrativos pendientes.

–     28 de julio de 2017, se reanudó la tramitación de la causa.

–     4 de agosto de 2017, el Tribunal admitió a trámite la reclamación con el Rol R-99-2016.

–     13 de diciembre de 2017, se realizó la audiencia de la causa, alegando los abogados Rodrigo  Ramírez León, en representación del reclamante y Andrea Gallyas Ortiz, del SEA.

 

Vea expediente de la causa rol R-99-2016

 

RELACIONADOS
*Segundo Tribunal Ambiental inspeccionó puquios del Salar de Llamara en reclamación de SQM contra Superintendencia del Medio Ambiente…
*Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación contra SEA por proyecto de manejo de residuos orgánicos de plantel porcino ubicado en San Javier…

 

 

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *