40 UTM.
TRICEL se pronunciará respecto de reclamación en contra de resolución que sancionó a ex candidata a concejala por publicidad en lugares públicos no autorizados.
La reclamante reconoce que es efectivo lo advertido por el Servicio Electoral, toda vez que el equipo de trabajo electoral de su campaña política, habría incurrido sin su conocimiento y consentimiento.

El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará sobre la reclamación interpuesta en contra de la Resolución N° G15349, del Servicio Electoral, que aplicó procedimiento administrativo sancionatorio a Linette Muñoz Ramírez, candidata a concejala por la comuna de Cerro Navia, sancionándola con multa de 40 UTM por infracción al artículo 36, inciso 2° de la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre votaciones populares y escrutinios.
En su reclamación, la candidata expone que con fecha 25 de abril de 2018, fue notificada de la resolución impugnada, dictada por el Director del Servicio Electoral, con ocasión del Procedimiento Administrativo Sancionatorio llevado en su contra.
Al respecto, la reclamante reconoce que es efectivo lo advertido por el Servicio Electoral, toda vez que el equipo de trabajo electoral de su campaña política, habría incurrido sin su conocimiento y consentimiento, realizar propaganda en lugares prohibidos, mediante la instalación de carteles en el paradero de transporte pública, ubicado en calle José Joaquín Pérez con calle Torres de Pis, en Avenida Mapocho esquina Florencia y en Avenida Mapocho esquina Santos Luis Medel, todos de la comuna de Cerro Navia.
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