En fallo unánime.
Corte de Santiago confirma fallo contra Hospital Siquiátrico por despido discriminatorio.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en noviembre pasado.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió demanda de tutela laboral presentada por técnico en enfermería despedido por el Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak, tras un accidente laboral provocado por paciente del Centro de Salud Mental.
La sentencia sostiene que la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, en el extremo que interesa, persigue verificar que la ley haya sido entendida, interpretada y aplicada correctamente al caso concreto, esto es, a los hechos que se han tenido por probados, tal como se han dado por establecidos en la sentencia. Por ende, la impugnación y la subsecuente revisión por parte de este Tribunal han de realizarse con estricta sujeción a tales hechos, sin agregar otros y, en particular, sin que pueda prescindirse tampoco de los que fueran determinados en el fallo.
Agrega que en ese orden de ideas, debe ponerse en relieve que en la sentencia recurrida se tuvo por establecido que la llegada del plazo alegado por la denunciada, no fue más que una excusa para justificar la exoneración del actor, la que en definitiva se materializó por un actuar discriminatorio por razones de enfermedad y a raíz de aquello, no fue renovada su contrata.
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