Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Valdivia acoge recurso de protección y ordena a Isapre reponer plan grupal de salud cancelado unilateralmente.

El Tribunal de alzada ordenó a la recurrida dejar sin efecto la cancelación del contrato grupal, tras establecer que dicho actuar es ilegal y vulneratorio de garantías constitucionales de los reclamantes.

Por Redacción·20 de mayo de 2018·2 min de lectura
Corte de Valdivia acoge recurso de protección y ordena a Isapre reponer plan grupal de salud cancelado unilateralmente.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección deducido en contra de Nueva Más Vida S.A., prestadora previsional de salud privada que unilateralmente puso término al contrato de salud grupal suscrito por los recurrentes en 1994.

La sentencia sostiene que es posible determinar, como objeto de la controversia, si el término del plan de salud entre la Isapre y cada uno de los actores, efectuada unilateralmente por aquélla, se regía por las regla de los contratos de salud grupales y en tal caso, si se adecuó al procedimiento normativamente establecido para tal fin.

La resolución agrega que el procedimiento de terminación de un contrato de salud conforme a la Circular previamente referida. La primera, una negociación entre a Isapre, los cotizantes o sus representantes o mandatarios comunes. De no ser ello exitoso, pasa a la segunda etapa, en la que la Isapre se encuentra -en principio- facultada para poner término al plan grupal y ofrecerles un nuevo plan individual de salud.

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