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Modifica Ley Nº 19.628.

Proponen regular utilización de datos personales relativos a obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial.

Corresponde ahora que la iniciativa ?en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

28 de mayo de 2018

La moción del diputado Romero expone que la Ley Nº 19.628 establece derechos de los titulares de datos, con el fin de resguardar debidamente la garantía constitucional del artículo 19, n° 4 de la Constitución Política de la República, esto es, el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia.

Observa luego que el procedimiento contemplado en la norma referida, no está conforme a los modernos procedimientos que se han implementado en la última década en el ordenamiento jurídico de nuestro país, lo cual genera altos costos a los usuarios y titulares de los datos, produciendo un desequilibrio procesal que el orden jurídico constitucional no tolera.

En ese sentido, con el propósito de regular un debido, pronto, eficiente e igualitario acceso a la justicia, los autores de la iniciativa plantean que se hace indispensable modificar tal cuerpo normativo, adecuándolo a las nuevas tecnologías disponibles y resguardar adecuadamente los derechos de los titulares de datos, especialmente, en materia de obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial.

En consecuencia, propone –entre otras cosas- que en ningún caso puedan comunicarse datos que se relacionen con una persona identificada o identificable, luego de transcurridos los siguientes plazos:

1. Un año tratándose de obligaciones que consten en títulos ejecutivos, desde que la respectiva obligación se hizo exigible.

2. Un año tratándose de obligaciones previsionales y laborales, desde que la respectiva obligación se hizo exigible.

3. Dos años de todo otro tipo de obligaciones, cualquiera sea su naturaleza o fuente, constados desde que la respectiva obligación se hizo exigible, con la excepción de los bancos e instituciones financieras que, para el sólo efecto de analizar el comportamiento de sus clientes o público en general, podrán mantener tal dato para su único uso interno hasta por el plazo de tres años.

Corresponde ahora que la iniciativa –en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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