Asunto Laurent c. Francia.
TEDH afirma que la interceptación de comunicaciones abogado-cliente viola el derecho al respeto de la correspondencia.
El asunto se refiere a la interceptación por un oficial de policía de documentos que el demandante, abogado, había entregado a sus clientes, bajo detención policial.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictó sentencia en asunto Laurent c. Francia (demanda n° 28798/13) decidiendo, por unanimidad, que ha habido una violación del artículo 8 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH), relativo al derecho al respeto de la vida privada y la correspondencia.
El asunto se refiere a la interceptación por un oficial de policía de documentos que el demandante, abogado, había entregado a sus clientes, bajo detención policial, en el vestíbulo de un tribunal – les refirió asuntos en una hoja y se la entregó, siendo conscientes los policías que los custodiaban, ya que no se escondieron en ningún momento.
El TEDH afirma en su sentencia que la interceptación y apertura de la correspondencia del Sr. Laurent con sus clientes, en su calidad de abogado, no se había correspondido con las garantías establecidas por el artículo 8 CEDH.
Te puede interesar

Derechos Humanos.
Amnistía Internacional condena que en Nicaragua las autoridades estén desatando una estrategia letal de represión contra manifestantes.

Homicidio en grado de tentativa.
TS de España aplicó por primera vez perspectiva de género en caso de un hombre que apuñaló a su pareja.

Opinión.
Publican «Culpable hasta que se demuestre lo contrario».

