Diario Constitucional

Despachado a la Sala.

Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó proyecto que elimina privilegios procesales en favor de autoridades eclesiásticas.

La iniciativa modifica el Código de Procedimiento Civil que actualmente permite a las autoridades eclesiásticas, como el arzobispo, los obispos y otros personeros, estar exentos de comparecer ante el tribunal.

Por Redacción·04 de junio de 2018·2 min de lectura
Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó proyecto que elimina privilegios procesales en favor de autoridades eclesiásticas.
Referencial

El proyecto aprobado en la Comisión de Constitución señala que, la regla general en el procedimiento civil, es que toda persona deba testificar en el tribunal. Sin perjuicio de aquello, este cuerpo legal establece que determinadas personas, en razón de su cargo o función pública, queden exentas de comparecer, otorgándoles el derecho de prestar declaración en el domicilio que ellos fijen, dentro del respectivo territorio jurisdiccional.

El artículo 361 del Código de Procedimiento Civil detalla que se encuentran exentos de comparecer ante el tribunal el Presidente de la República y los Ministros de Estado, entre las principales autoridades de Gobierno, así como los parlamentarios, alcaldes, miembros de la Corte Suprema, de las Cortes de Apelaciones, fiscales judiciales, fiscales regionales del Ministerio Público y oficiales en servicio activo y en retiro.

Así, el texto establece que parece razonable que estas autoridades, en razón de que ejercen o desempeñan altas funciones públicas, puedan tener este derecho de prestar declaración en el domicilio que ellos fijen y no necesariamente concurrir al tribunal.

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